SOCIEDAD INMOBILIARIA BOZO & SANDOVAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2024
- Repertorio
- 2331/2024
- Notario
- FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA
- Oficio
- Primera Notaria de la Agrupación de comunas de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de la Agrupación de comunas de Ovalle, Punitaqui, Monte Patria y Rio Hurtado, Vicuña Mackenna 370 of, 3-E, Ovalle, Certifico: Por escritura pública del 02 de Octubre 2.024, Repertorio 2331/2024, ante mí: PEDRO ENRIQUE GUTIERREZ ALVAREZ, en representación de don SAMUEL FERNANDO BOZO LORCA, doña ALICIA DEL CARMEN SANDOVAL ORTEGA, don CARLOS GUSTAVO BOZO SANDOVAL, doña ROSA JEANNETTE BOZO BUSTAMANTE, doña MARIA TERESA BOZO ALVAREZ, doña BERNARDITA ORIANA BOZO SANDOVAL y de don FERNANDO JAVIER BOZO ALVAREZ, se otorga escritura de saneamiento en virtud de lo preceptuado en la Ley 19.499, respecto de la modificación SOCIEDAD INMOBILIARIA BOZO & SANDOVAL LIMITADA, efectuada mediante escritura pública del veinticinco de Septiembre año dos mil veintitrés, Rep. 2363/2023, suscrita ante don FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Notario Público Titular, de la Primera Notaria de Ovalle, afectada por el vicio de la no publicación e inscripción oportuna en el Registro de Comercio respectivo. La modificación consistió en que doña Rosa Jeannette Bozo Bustamante, vendió, cedió y transfirió sus derechos en la sociedad, equivalentes equivalente a un veinte por ciento del total, a doña María Teresa Bozo Álvarez, a doña Bernardita Oriana Bozo Sandoval, a don Carlos Gustavo Bozo Sandoval y a don Fernando Javier Bozo Álvarez, quienes compraron, adquirieron y aceptaron para si en iguales partes. Asimismo, los actuales socios acordaron que las utilidades y eventuales perdidas se repartirá a prorrata de su participación en el capital social. Igualmente, los actuales socios modificaron los estatutos sociales de la Sociedad Inmobiliaria Bozo & Sandoval Limitada, eliminando del pacto social toda referencia que pueda existir de la socia que se retira. La socia que se retira declara haber recibido a su entera satisfacción y conformidad, la totalidad de su cuota en las utilidades sociales, por lo que no existen obligaciones pendientes, otorgándose las partes mutuo y completo finiquito. Demás estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 17 Octubre de 2024.