DISTRIBUIDORA GUESS CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2024
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.452.304.608 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| S.A.P.I de C.V | socio | 50204400-5 | — | — | |
| GRUPO GUESS S. DE R. L. DE C.V | socio | 59227800-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2024, ante mi Suplente doña Verónica Torrealba Costabal, GRUPO AXO, S.A.P.I de C.V., Rol Único Tributario N° 50.204.400-5 y GRUPO GUESS S. DE R. L. DE C.V., Rol Único Tributario N° 59.227.800-6, ambos domiciliados en Avenida del Parque N° 4.314, Comuna de Huechuraba, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “DISTRIBUIDORA GUESS CHILE LIMITADA” inscrita a fojas 21.983 N°10.983 Registro de Comercio de Santiago año 2020, acordaron aumentar el capital social del monto de $3.719.274.608 a la suma de $6.452.304.608, mediante el pago en dinero efectivo de $2.733.030.000 por parte del socio Grupo Guess S. de R. L. de C.V. En consecuencia, luego del aumento de capital, el nuevo capital social asciende a la cantidad de $6.452.304.608, íntegramente pagado. En consecuencia, los socios acordaron sustituir el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $6.452.304.608, el cual ha sido íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: i) Grupo Axo, S.A.P.I de C.V. la cantidad de $9.999, equivalentes al 0,00015496788524% de los derechos sociales; e ii) Grupo Guess S. de R. L. de C.V. la cantidad de $6.452.294.609, equivalentes al 99,99984503211476% de los derechos sociales, en ambos casos íntegramente pagado”. Responsabilidad Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 7 de octubre de 2024.