COMERCIAL SAN MATEO SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2024
- Repertorio
- 7015-2024
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- 26ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Público Titular de la 26ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.196, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de octubre de 2024, repertorio N°7015-2024, otorgada ante mí, doña JAVIERA RIVAS CARRILLO, C.I. Nº 17.408.315-0, con domicilio en Apolo Tres, Nº1891, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; comparece y expone que, en su calidad de única accionista de la sociedad COMERCIAL SAN MATEO SpA, sociedad del giro de comercialización de bienes muebles, RUT Nº 77.214.153-K, con domicilio en la ciudad de Santiago, inscrita a Fs. 51.626, N° 24.459, Registro de Comercio CBR Santiago año 2020, y publicada en el Diario Oficial el 21 de agosto del mismo año, viene en modificar los estatutos de la sociedad sustituyendo el artículo cuarto de los estatutos, referente al giro social por el siguiente: “El objeto de la Sociedad es la compra, venta, aceptación en consignación, importación, exportación y comercialización de calzado, prendas de vestir, artículos afines, mayoristas y minoristas, y en general cualquier otro producto; la prestación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su producción o de terceros; la prestación de servicios de marketing de todo tipo, ya sea en Chile o en el extranjero; y de cualquier otra actividad análoga o complementaria, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden”. Para efectos del presente extracto se consigna que el capital social es de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, suscritas y pagadas en el acto de constitución social. En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de octubre de 2024. HQM. Not. Pub.