Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2024
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Oficio
- Notaría Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Temuco, Región de la Araucanía
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) importación, exportación, compra, venta, arriendo, comercialización, representación, promoción, distribución e inversión, al por mayor o menor, sobre bienes, máquinas y)o equipos relacionados con actividades agrícolas, forestales y)o industriales, así como sus accesorios o bienes de las actividades o procesos productivos de ellas, pudiendo para estas actividades realizar la instalación, construcción, modificación, transformación de obras y)o estructuras civiles; B) La prestación de servicios técnicos y profesionales de asesoría, consultoría y)o capacitaciones a empresas y)o entidades, públicas o privadas, del ámbito agrícola, forestal, industrial, comercial o educacional; así como la realización de servicios de logística, de movimiento, transporte, almacenaje y embalaje de todo tipo de mercaderías, bienes o productos; C) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y en general, ejecutar todas clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; y D) cualquier otro objeto que acordaren los
Administración
Corresponderá provisionalmente a EDUARDO PATRICIO VARGAS CASANOVA, quien, anteponiendo a su firma la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Abogado, Notario Público Titular Notaría Temuco, calle Arturo Prat N° 815, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2024, Rep.N°3689, ante mí, doña CAROLA SOLEDAD RODRÍGUEZ MONTOYA y don EDUARDO PATRICIO VARGAS CASANOVA, ambos domiciliados en calle Avenida Alemania N°0650, departamento N°1003, de la ciudad y Comuna de Temuco, constituyeron Sociedad por Acciones: Razón social: "Audiovisual y Educación SpA", pudiendo usar nombre fantasía "LedOn SpA". Objeto: A) importación, exportación, compra, venta, arriendo, comercialización, representación, promoción, distribución e inversión, al por mayor o menor, sobre bienes, máquinas y/o equipos relacionados con actividades agrícolas, forestales y/o industriales, así como sus accesorios o bienes de las actividades o procesos productivos de ellas, pudiendo para estas actividades realizar la instalación, construcción, modificación, transformación de obras y/o estructuras civiles; B) La prestación de servicios técnicos y profesionales de asesoría, consultoría y/o capacitaciones a empresas y/o entidades, públicas o privadas, del ámbito agrícola, forestal, industrial, comercial o educacional; así como la realización de servicios de logística, de movimiento, transporte, almacenaje y embalaje de todo tipo de mercaderías, bienes o productos; C) La realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y en general, ejecutar todas clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; y D) cualquier otro objeto que acordaren los socios.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Ciudad de Temuco, Región de la Araucanía.- Capital: $500.000, dividido en 50 acciones que socios enteran y pagan en este acto de siguiente forma: A) CAROLA SOLEDAD RODRÍGUEZ MONTOYA, suscribe una (1) acción por total de diez mil pesos, equivalente a un dos por ciento del capital, que entera mediante el aporte en dinero efectivo y de contado que ha ingresado en la caja social.- B) EDUARDO PATRICIO VARGAS CASANOVA, suscribe cuarenta y nueve (49) acciones, por un total de cuatrocientos noventa mil pesos, equivalentes a un noventa y ocho por ciento del capital, que entera en dinero efectivo, que ha ingresado en la caja social.- Socios limitan responsabilidad al monto de su respectivo aporte.- Administración y uso de la Razón Social: Corresponderá provisionalmente a EDUARDO PATRICIO VARGAS CASANOVA, quien, anteponiendo a su firma la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Tendrá todas las facultades que se indican en el estatuto social, hasta la designación del administrador definitivo por la junta de accionistas.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Temuco, 16 de octubre de 2024.