SERVICIOS INTEGRALES THERIAK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 4706-24
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2024, bajo el repertorio 4706-24, ante mí, doña MARCELA ANDREA SANCHEZ VALENCIA, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número nueve millones quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y dos guión cuatro, con domicilio para estos efectos en calle O”Higgins trescientos sesenta y cinco, comuna de Quillota, región de Valparaíso; en representación de doña CATALINA PAZ SAN MARTÍN FARTO, cédula de identidad número diez millones trescientos treinta y nueve mil ciento sesenta y siete guion nueve,; don ENRIQUE JESÚS NOVOA ALFARO, cédula de identidad número quince millones setecientos sesenta y nueve mil doscientos setenta y tres guion nueve, y doña BLANCA ROSA FARTO MOLINA, cédula de identidad número cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y cinco guion cinco, viene en el presente acto en sanear la Sociedad Limitada denominada "SERVICIOS INTEGRALES THERIAK LIMITADA” en adelante /la “Sociedad”/, Rol Único Tributario Número setenta y seis millones doscientos diez mil doscientos setenta y dos guión dos, constituida e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha trece de marzo del año dos mil doce. Un extracto autorizado de dicha constitución, figura inscrito a fojas dieciocho mil setecientos cincuenta y dos, número trece mil ciento ochenta y dos del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil doce y publicado en extracto en el Diario oficial con fecha veintiséis de marzo del año dos mil doce, con 2 modificaciones, la última con fecha nueve de febrero del año dos mil veinticuatro se realizó una segunda modificación bajo el repertorio seiscientos noventa y tres guión veinticuatro, en esta misma notaria, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha quince de febrero del año dos mil veinticuatro CVE dos cuatro cinco cuatro cinco cinco seis . Sin embargo, el extracto de la modificación de la Sociedad fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago con fecha dieciséis de agosto del año dos mil veinticuatro y consta a fojas sesenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro número veintiocho mil veinte del año dos mil veinticuatro, lo cual está fuera del plazo establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio y de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades. De acuerdo a lo señalado, se subsanó la falta de inscripción del extracto de la escritura de modificación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, inscribiendo el extracto en dicho Conservador, y requiriendo que mediante esta escritura se sanee el acto tardío de inscripción, acogiéndose a las Normas de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece Normas sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 14 de octubre de 2024.