Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2024
- Repertorio
- 15615-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) la adquisición y enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces, urbanizarlos, lotearlos y subdividirlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, arrendarlos, subarrendarlos, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y c) cualquier otra actividad necesaria para la consecución del objeto social, y permitida por la legislación chilena, que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contratar, suscribir y celebrar toda clase de contratos, acuerdos o convenciones que sean necesarios o convenientes para el adecuado y oportuno cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que, por escritura pública otorgada ante mí con fecha 11 de octubre de 2024 bajo el repertorio 15615-2024, don Rodrigo Álvarez Aravena, con domicilio en El Golf 150, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Inmobiliaria STPA SpA”. Objeto: a) efectuar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles con fines rentísticos de largo plazo, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) la adquisición y enajenación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces, urbanizarlos, lotearlos y subdividirlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, arrendarlos, subarrendarlos, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y c) cualquier otra actividad necesaria para la consecución del objeto social, y permitida por la legislación chilena, que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la sociedad entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contratar, suscribir y celebrar toda clase de contratos, acuerdos o convenciones que sean necesarios o convenientes para el adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: La suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 14 de octubre de 2024.