MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

E. GONZALEZ M. Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76243983-2 CVE 2558951
Fecha instrumento
9 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2024
Notario
HUMBERTO QUEZADA MORENO
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Ana María Fuentes Bobadilla socio 9147353-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.196, comuna de Las Condes, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 9 de octubre del año 2024, ante mí, don ENRIQUE ESTANISLAO GONZÁLEZ MORALES, doña VIVIANA OLGA GONZÁLEZ FUENTES, don RAFAEL ANDRÉS ESCOBAR FUENTES y doña PAMELA TRINIDAD GONZÁLEZ FUENTES, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Brown Norte Nº 797, comuna de Ñuñoa, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “E. GONZALEZ M. Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 73.385, número 50.964 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 (la “Sociedad”) en los siguientes términos: Modificación de pacto social: Se sustituyó íntegramente el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá al socio don Enrique Estanislao González Morales, quien la ejercerá actuando individualmente. En caso de fallecimiento o incapacidad legal sobreviniente de don Enrique Estanislao González Morales, la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Viviana Olga González Fuentes, quien la ejercerá actuando conjuntamente con doña Ana María Fuentes Bobadilla, R.U.T. 9.147.353-4. Si ambos, don Enrique Estanislao González Morales y doña Viviana Olga González Fuentes, se encuentran imposibilitados para ejercer su cargo, ya sea por muerte o incapacidad legal, la administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a doña Ana María Fuentes Bobadilla, doña Pamela Trinidad González Fuentes y don Rafael Andrés Escobar Fuentes, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos En todos los casos, con las facultades señaladas en los estatutos. En todo lo no modificado expresamente, se mantiene plenamente vigente el pacto social, en especial en lo referente a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 14 de octubre de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.