CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL E IMPORTADORA EL COIHUE SpA

RUT 6971157-K CVE 2558955
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2024
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) por cuenta propia o de terceros, la fabricación, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala; la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; accesorios y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de modas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios; b) la compra, venta, fabricación, importación, exportación, arrendamiento y otras convenciones sobre maquinas, equipos, herramientas, repuestos y otros, relacionados con la calefacción de hogares, industrias, locales, oficinas, salas, edificios y otros; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; e) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; f) por cuenta propia o de terceros, la fabricación, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a elementos de decoración o demás productos relacionados con el hogar; esto incluye, pero no se limita a, la comercialización de muebles, adornos, textiles, utensilios, electrodomésticos, soluciones de almacenamiento, y cualquier otro tipo de accesorio o artículo destinado al embellecimiento, funcionalidad y organización de espacios interiores y exteriores en viviendas, oficinas y establecimientos comerciales; g) la compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas y de equipos de calefacción, de sus accesorios y repuestos; h) la compra y venta, exportación, importación, e instalación de elementos de seguridad tales como chapas de seguridad, cámaras de vigilancia, entre otros; y i) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, tales como la representación comercial, la participación en licitaciones, la importación y exportación de materiales y productos, así como la realización de alianzas y acuerdos comerciales con otras entidades nacionales o internacionales, entre otros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular Undécima Notaría de Santiago, oficio Rosario Norte Nro. 555, oficina 201, comuna Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2024, ante mí, ALEJANDRO SANDE HITSCHFELD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, C.N.I. N° 6.971.157-K, domiciliado en Flor de Azucena N° 50, departamento 306, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones. Nombre de la sociedad: El nombre de la sociedad será “COMERCIAL E IMPORTADORA EL COIHUE SpA”, pudiendo utilizar también, como nombres de fantasía, incluso ante los bancos, EL COIHUE SpA”; “LA PANCHITA SpA”, “GKO HOME SpA” y/o “NEST SpA”.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) por cuenta propia o de terceros, la fabricación, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala; la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; accesorios y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de modas; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios; b) la compra, venta, fabricación, importación, exportación, arrendamiento y otras convenciones sobre maquinas, equipos, herramientas, repuestos y otros, relacionados con la calefacción de hogares, industrias, locales, oficinas, salas, edificios y otros; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; e) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; f) por cuenta propia o de terceros, la fabricación, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a elementos de decoración o demás productos relacionados con el hogar; esto incluye, pero no se limita a, la comercialización de muebles, adornos, textiles, utensilios, electrodomésticos, soluciones de almacenamiento, y cualquier otro tipo de accesorio o artículo destinado al embellecimiento, funcionalidad y organización de espacios interiores y exteriores en viviendas, oficinas y establecimientos comerciales; g) la compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de máquinas y de equipos de calefacción, de sus accesorios y repuestos; h) la compra y venta, exportación, importación, e instalación de elementos de seguridad tales como chapas de seguridad, cámaras de vigilancia, entre otros; y i) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, tales como la representación comercial, la participación en licitaciones, la importación y exportación de materiales y productos, así como la realización de alianzas y acuerdos comerciales con otras entidades nacionales o internacionales, entre otros.- Capital social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en su totalidad por don ALEJANDRO SANDE HITSCHFELD, en dinero efectivo, en el acto de constitución e ingresado a caja social. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. La administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social corresponderá a un Administrador, cuya designación se efectuara por: a) Por Junta Extraordinaria de Accionistas mediante acuerdo adoptado por el ochenta por ciento de los accionistas titulares de acciones con derecho a voto presentes o representadas, cuya acta deberá ser reducida a escritura pública; o b) Por escritura pública otorgada por la totalidad de los accionistas de la Sociedad como acuerdo sin forma de junta. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 14 de octubre de 2024.