MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JUAN OSORIO Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76072173-5 CVE 2558390
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2024
Notario
MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN
Oficio
5° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Notario Público Interino de la 5° Notaría de Santiago, Gertrudis Echeñique 30, oficina 32, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2024, ante mi: Ruth Mercedes Araya Chandía, Luis Alberto Araya Olmos, Juan Pablo Osorio Munizaga y Joaquín Alberto Osorio Araya; todos domiciliados para estos efectos en Consejo de Indias número mil cuatrocientos dieciséis, comuna de Providencia, Región Metropolitana; modificaron sociedad de responsabilidad limitada “JUAN OSORIO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en el siguiente sentido: I) RUTH MERCEDES ARAYA CHANDIA vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en la sociedad, equivalentes al veinticinco por ciento del haber social, a JOAQUÍN ALBERTO OSORIO ARAYA. II) LUIS ALBERTO ARAYA OLMOS vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que posee en la sociedad, equivalentes al quince por ciento del haber social, a JOAQUÍN ALBERTO OSORIO ARAYA. III) Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, se retiran de la sociedad RUTH MERCEDES ARAYA CHANDIA y LUIS ALBERTO ARAYA OLMOS; quedando como únicos y actuales socios de la sociedad: JUAN PABLO OSORIO MUNIZAGA, con el sesenta por ciento de los derechos sociales, JOAQUÍN ALBERTO OSORIO ARAYA, con el cuarenta por ciento de los derechos sociales. IV) Se sustituye la cláusula Sexta de los estatutos de la sociedad, a fin de reflejar la nueva realidad de los socios propietarios de los derechos sociales, por la siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos que los socios aportan, enteran y pagan, de la siguiente forma: a) JUAN PABLO OSORIO MUNIZAGA aporta la suma de seiscientos mil pesos, enterados e ingresado en la caja social; y b) JOAQUÍN ALBERTO OSORIO ARAYA aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, enterados e ingresados en la caja social. V) Se ratifica cláusula QUINTA estatutos, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JUAN PABLO OSORIO MUNIZAGA, con todas las facultades indicadas en los estatutos. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de octubre de 2024.- Magdalena Sofia Latorre Larrain.- Notario Público Interino.