CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LIWU CHERRY LIMITADA

CVE 2558398
Capital
$45.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2024

Sociedad

Capital
$45.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Curicó
Duración
Indefinida

Objeto social

La explotación agrícola, ganadera, frutícola, apícola, vitivinícola, forestal y pecuaria de predios rústicos propios o ajenos, que a cualquier título adquiera o posea la sociedad, como asimismo la administración y comercialización de su producción, y en general y en forma amplia cualquier otro giro que los socios acuerden, tenga o no relación con el giro principal de la sociedad, lo que no será necesario acreditar frente a terceros. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios MARCO ANTONIO BUSTOS VIDAL; BELISARIO ANDRES NUÑEZ PALACIOS y a JOSÉ SEGUNDO AMARO TAPIA, quienes tendrán las más amplias facultades y atribuciones para representar y obligar a la sociedad en todos los asuntos, negocios, actos, convenciones y contratos de cualquiera clase o naturaleza que fuesen, sin limitación alguna. anteponiendo la razón social a su firma personal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 26 de Septiembre de 2024, don MARCO ANTONIO BUSTOS VIDAL, domiciliado en Villa Tejas del Boldo, Pasaje Pelequén, N°0415, comuna de Curicó; don BELISARIO ANDRES NUÑEZ PALACIOS, domiciliado en Camino a Romeral, Kilómetro 1,2, comuna de Romeral, y don JOSÉ SEGUNDO AMARO TAPIA, con domicilio en Villa Gabriela Mistral Pasaje Tres casa N°16, Comuna de San Clemente, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- Razón social: “INVERSIONES LIWU CHERRY LIMITADA”.- Nombre de fantasía “INVERSIONES LIWU LTDA.”.- Objeto: La explotación agrícola, ganadera, frutícola, apícola, vitivinícola, forestal y pecuaria de predios rústicos propios o ajenos, que a cualquier título adquiera o posea la sociedad, como asimismo la administración y comercialización de su producción, y en general y en forma amplia cualquier otro giro que los socios acuerden, tenga o no relación con el giro principal de la sociedad, lo que no será necesario acreditar frente a terceros. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios MARCO ANTONIO BUSTOS VIDAL; BELISARIO ANDRES NUÑEZ PALACIOS y a JOSÉ SEGUNDO AMARO TAPIA, quienes tendrán las más amplias facultades y atribuciones para representar y obligar a la sociedad en todos los asuntos, negocios, actos, convenciones y contratos de cualquiera clase o naturaleza que fuesen, sin limitación alguna. anteponiendo la razón social a su firma personal.- Capital: $45.000.000.- Cada socio aporta la cantidad de $15.000.000.- Cada socio aporta $5.000.000, al contado en este acto y en dinero efectivo.- El saldo de $30.000.000, se enterará en la medida que la empresa lo requiera, en un plazo no superior a dos años.- Los socios declaran que limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. Duración: Cinco años contados a partir de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada al vencimiento del plazo indicado en forma automática, tácita y sucesiva en las mismas condiciones por períodos sucesivos de dos años, indefinidamente, mientras él o los socios que representen a lo menos el 50% de interés en el capital social no expresen su voluntad de ponerle término al final del período que estuviese en curso, mediante una declaración hecha por escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la respectiva inscripción del extracto, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del fin del respectivo período. Domicilio: Ciudad de Curicó, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias en el resto del país o en el extranjero. Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 15 de octubre de 2024.