MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES BOLLERUCA LIMITADA

RUT 76288160-8 CVE 2558360
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
8 de octubre de 2024
Notario
ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ORLANDO ESTEBAN CERDA SILVA, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en calle 12 Norte 785, primer piso, local 2, CERTIFICO: por escritura de fecha 08 de octubre de 2024, ante mi, don ANDRÉS HERNÁN DROPPELMANN CROQUEVIELLE, por sí y en representación de DROPPELMANN LIMITADA, ambos San Diego 974, Santiago; MAGDALENA DROPPELMANN DONOSO, Camino San Francisco de Asís 1800 dpto. 25 D, Las Condes, MAXIMILIANO DROPPELMANN DONOSO, Nelson número 1816 dpto. 507 - Ñuñoa; TERESA DEL CARMEN CALDERÓN ROMO, y JAVIER IGNACIO CALDERÓN GUTIÉRREZ, ambos Avenida Alcalde Jorge Monckeberg Nº 35, Departamento 2508, Ñuñoa, modifican INMOBILIARIA E INVERSIONES BOLLERUCA LIMITADA, Rut N°76.288.160-8, inscrita a fojas 19.258 N° 13.971, Registro de Comercio año 2005, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, retirándose DROPPELMANN LIMITADA, quien cede la totalidad de sus derechos a los señores MAGDALENA DROPPELMANN DONOSO, MAXIMILIANO DROPPELMANN DONOSO, TERESA DEL CARMEN CALDERÓN ROMO, y JAVIER CALDERÓN GUTIÉRREZ, quienes los aceptan y adquieren por partes iguales, ingresando como nuevos socios. Como consecuencia se reemplaza la cláusula del capital por la que sigue: “CUARTO. CAPITAL SOCIAL. Es la suma de $40.000.000, que se completa: Uno) El socio don Andrés Hernán Droppelmann Croquevielle, $10.000.000, enterado en arcas sociales, aporte primitivo no enajenado; Dos) MAGDALENA DROPPELMANN DONOSO, MAXIMILIANO DROPPELMANN DONOSO, TERESA DEL CARMEN CALDERÓN ROMO, y JAVIER CALDERÓN GUTIÉRREZ, con $7.500.000 c/u, correspondiente al aporte primitivo de Droppelmann Limitada ya enterado en arcas sociales, cuya totalidad de derechos adquirieron por partes iguales según da cuenta la cláusula de cesión de derechos”.- Demás menciones, escritura extractada- Viña del Mar.- Viña del Mar, 11 de octubre de 2024.