Frutícola Chocoa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2024
- Repertorio
- 5675-2024
- Notario
- CATALINA DEL PINO CONSTANZO
- Domicilio
- Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Santiago
- Duración
- 3 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos
Objeto social
a) la explotación agrícola, comercial, industrial y ganadera del o de los predios que sea dueña en el presente o en el futuro, o que arriende o explote mediante contrato de medianería, o a cualquier otro título; b) elaborar los productos que resulten de la explotación agroindustrial indicada, industrializar los frutos que se produzcan, transformarlos y comerciarlos, ya sea por cuenta propia o de terceros, por consignación y en cualquier otra forma; c) podrá formar parte del giro de la sociedad, la explotación y comercialización de ganado mayor y menor, pudiendo a este efecto, exportar, importar, faenar, elaborar comprar y vender y en general, celebrar todo tipo de actos y contratos relativos al objeto de la sociedad; d) la producción y venta de especies forestales, preparación de suelos, habilitaciones de terrenos para plantar, construcción y reparación de cercos, instalación de plantaciones, desbrotes, raleos, podas, talas rasas, aprovechamiento de desechos, y facción de inventarios forestales; e) la importación y exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y forestales; f) prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos y económicos relacionados con el agro; g) proporcionar servicios de capacitación a todo nivel, ya sea con personal propio o contratado, especialmente en lo que diga relación con la gestión, manejo y administración de explotaciones agropecuarias; h) constituir e integrar sociedades relacionadas en forma directa o indirecta con las actividades anteriores; i) los demás actos de comercio que los socios acuerden para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes. En general, quedan comprendidas en el objeto social todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas, incluyendo la celebración de todos los demás negocios directa o indirectamente relacionados con las anteriores, sin perjuicio de la facultad de los socios para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se estimen necesarios y convenientes al efecto, incluidos aquellos negocios e inversiones propias del giro de la sociedad, y toda otra actividad comercial y de servicios afín o que los socios mutuamente acuerden.- Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCATALINA DEL PINO CONSTANZO, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Av. La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, Certifico: Que, por escritura pública de fecha 04 de octubre de 2024, Repertorio N°5675-2024, otorgada ante mí: Don CRISTIÁN OSVALDO SIERRA DEL PEDREGAL, C.I. 9.976.3.5-1, domicilio Padre Diego 10892, Colina; CAMILA DANIELA SIERRA RETAMAL, C.I. 20.807.151-2, e IGNACIA ANDREA SIERRA RETAMAL, C.I. 21.574.781-6, ambas domicilio Av. Los Litres 1400, casa 21, Lo Barnechea; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: "FRUTICOLA CHOCOA LIMITADA" nombre fantasía "Chocoa Ltda.". Domicilio: Comuna de Santiago. Objeto: a) la explotación agrícola, comercial, industrial y ganadera del o de los predios que sea dueña en el presente o en el futuro, o que arriende o explote mediante contrato de medianería, o a cualquier otro título; b) elaborar los productos que resulten de la explotación agroindustrial indicada, industrializar los frutos que se produzcan, transformarlos y comerciarlos, ya sea por cuenta propia o de terceros, por consignación y en cualquier otra forma; c) podrá formar parte del giro de la sociedad, la explotación y comercialización de ganado mayor y menor, pudiendo a este efecto, exportar, importar, faenar, elaborar comprar y vender y en general, celebrar todo tipo de actos y contratos relativos al objeto de la sociedad; d) la producción y venta de especies forestales, preparación de suelos, habilitaciones de terrenos para plantar, construcción y reparación de cercos, instalación de plantaciones, desbrotes, raleos, podas, talas rasas, aprovechamiento de desechos, y facción de inventarios forestales; e) la importación y exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y forestales; f) prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración y concreción de proyectos de factibilidad, técnicos y económicos relacionados con el agro; g) proporcionar servicios de capacitación a todo nivel, ya sea con personal propio o contratado, especialmente en lo que diga relación con la gestión, manejo y administración de explotaciones agropecuarias; h) constituir e integrar sociedades relacionadas en forma directa o indirecta con las actividades anteriores; i) los demás actos de comercio que los socios acuerden para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes. En general, quedan comprendidas en el objeto social todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas, incluyendo la celebración de todos los demás negocios directa o indirectamente relacionados con las anteriores, sin perjuicio de la facultad de los socios para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se estimen necesarios y convenientes al efecto, incluidos aquellos negocios e inversiones propias del giro de la sociedad, y toda otra actividad comercial y de servicios afín o que los socios mutuamente acuerden.- Administración y uso razón social: Osvaldo Sierra Bernal y, en caso de ausencia de éste que no requerirá acreditación, corresponderá a Cristián Osvaldo Sierra Del Pedregal conjuntamente con Pablo Adolfo Sierra Del Pedregal; en ambos casos con amplias facultades.- Capital: $1.000.000.- enterando CRISTIÁN OSVALDO SIERRA DEL PEDREGAL la cantidad de $500.000.-al contado, dinero en efectivo, CAMILA DANIELA SIERRA RETAMAL la cantidad de $250.000.- al contado, dinero en efectivo e IGNACIA ANDREA SIERRA RETAMAL la cantidad de $250.000.-, al contado, dinero en efectivo. Duración: 3 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de octubre del 2024.