SUFÁN ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2024
- Repertorio
- 27799-2024
- Notario
- Enrique Alfredo Rodríguez Sepúlveda
- Oficio
- 41ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
la prestación de servicios jurídicos, judiciales y asesoría legal a todo tipo de personas naturales y)o jurídicas, por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, incluyendo todas aquellas actividades que fueren complementarias que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEnrique Alfredo Rodríguez Sepúlveda, Notario Público 41ª Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Octavio Tito Sufán Farías, C.I.13.026.816-1, domiciliado en Teatinos 251, oficina 614, Santiago, y José Miguel Vildósola Zorzano, C.I. 7.251.572-2, domiciliado en Cerro El Plomo 5630, oficina 901, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, regida por la Ley 3.918, fijándose sus estatutos, de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: “SUFÁN ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA”. Nombre Fantasía: “VIS ABOGADOS LTDA.”. Objeto: la prestación de servicios jurídicos, judiciales y asesoría legal a todo tipo de personas naturales y/o jurídicas, por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, incluyendo todas aquellas actividades que fueren complementarias que los socios acuerden.- Capital social: $1.000.000, totalmente pagado y enterado dinero efectivo: Octavio Tito Sufán Farías, 67% capital social, equivalente $670.000; y, José Miguel Vildósola Zorzano,33%, equivalente $330.000.- Administración y uso razón social: corresponderá a Octavio Tito Sufán Farías y/o José Miguel Vildósola Zorzano, conjunta o separadamente. Duración: Indefinida. Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada Repertorio N° 27799-2024.- Santiago, 11 octubre 2024.