Capital
$80.000 CLP
Fecha instrumento
3 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$80.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que con fecha 7 de octubre de 2024, bajo el repertorio número 15.300/2024, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 3 de octubre de 2024 de la sociedad “GI SpA”, cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 67.598, número 32.328 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020 (en adelante, la “Sociedad”), en la cual se acordó entre otras cosas: 1) Disminuir el capital de la Sociedad por renuncia del plazo para la enajenación de 8.000.000 acciones de propia emisión. De esta forma, el capital disminuyó desde la cantidad de $80.000.000 dividido en 80.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $70.303.308 dividido en 72.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal; y 2) Como consecuencia de lo anterior, reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $70.303.308, dividido en 72.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, las que se enteran y pagan de conformidad a lo señalado en el artículo primero transitorio de estos estatutos. El capital social y sus posteriores aumentos deberá quedar totalmente suscrito y pagado en el plazo de tres años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes no consistentes en dinero.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a la suma de $70.303.308, dividido en 72.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de octubre de 2024.