MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA E.I.R.L.

RUT 76687820-2 CVE 2557612
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2024
Repertorio
7044-2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Soledad Hernández Valderrama, quien, quien actuando en forma individual, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen el otorgamiento de poder especial, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA E.I.R.L socio 76687820-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, Certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2024, repertorio N° 7044-2024 ante mi Suplente Valeria Andrea Ortega Zamora: doña MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA, cédula nacional de identidad número 10.874.663-7, don OSCAR DAMIÁN TOLOZA HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número 19.090.502-0 y don PEDRO FRANCISCO TOLOZA HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad número 17.614.703-2, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Cardenio Abello número 840, Curanilahue, Provincia de Arauco, Región del Biobío, y de paso en ésta, acordaron modificar la empresa individual de responsabilidad limitada COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA E.I.R.L, RUT N°76.687.820-2, inscrita en extracto a fojas 1969 vuelta bajo el N°1619 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2006, publicada en el Diario Oficial con fecha 08/11/2006. Las modificaciones sociales consisten: 1) AUMENTO DE CAPITAL. Los comparecientes, ya individualizados, acuerdan unánimemente aumentar el capital de la sociedad, actualmente ascendente a la suma de 4.000.000, en la suma de 4.000.000, con lo cual el nuevo capital social quedara fijado en la suma de 8.000.000. 2) INCORPORACIÓN DE NUEVOS SOCIOS. El aumento de capital por 4.000.000, que se acuerda en el numeral uno anterior es íntegramente aportado, enterado y pagado de acuerdo con el siguiente detalle: A) Doña María Soledad Hernández Valderrama aportó la suma de 4.000.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha en la caja social, declarando en este acto que no hace nuevos aportes. B) Don Oscar Damián Toloza Hernández aporta la suma de 2.000.000, equivalentes a un 25% del capital social, que entera íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social, quien por este acto se incorpora como nuevo socio, con el consentimiento de todos los comparecientes. C) Don Pedro Francisco Toloza Hernández aporta la suma de 2.000.000, equivalentes a un 25% del capital social, que entera íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, en este mismo acto en la caja social, quien por este acto se incorpora como nuevo socio, con el consentimiento de todos los comparecientes. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. 3) APROBACIÓN. Los socios acuerdan en forma unánime aprobar el monto del aumento de capital, que se realiza por la suma de 4.000.000, en los términos ya señalados en el numeral uno y dos anteriores de este instrumento. 4) ESTADO DE LA COMPAÑÍA. Como consecuencia del aumento de capital efectuada precedentemente, don Oscar Damián Toloza Hernández, ingresa y se incorpora a la sociedad, alcanzando un 25% del total de los derechos sociales, don Pedro Francisco Toloza Hernández ingresa y se incorpora a la sociedad, alcanzando un 25% del total de los derechos sociales, por su parte, doña María Soledad Hernández Valderrama, alcanza un 50% del total de los derechos sociales, situación que es expresamente aceptada por todos los comparecientes, quedando en definitiva como actuales socios los siguientes: a) Doña María Soledad Hernández Valderrama, b) Don Oscar Damián Toloza Hernández, y c) don Pedro Francisco Toloza Hernández. 5) TRANSFORMACIÓN SOCIAL PROPIAMENTE TAL: Como consecuencia del aumento de capital de que dan cuenta las cláusulas precedentes, los socios comparecientes acuerdan unánimemente transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón será “COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LIMITADA”, a partir de la fecha de la presente escritura. 6) Estatutos sociales. ESTATUTOS SOCIALES. Como consecuencia de lo señalado en las cláusulas precedentes, doña María Soledad Hernández Valderrama, ya individualizada, don Oscar Damián Toloza Hernández, ya individualizado, y don Pedro Francisco Toloza Hernández, ya individualizado, convienen en efectuar las modificaciones estatutarias que resulten necesarias para adecuar a la sociedad a su nuevo régimen jurídico, fijando el nuevo y refundido texto de los estatutos de COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LIMITADA, la que se regirá por las normas de la Ley número 3.918 y sus modificaciones, y por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil, en cuanto sean aplicables y, en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: “ESTATUTOS DE COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LIMITADA”, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón Social. El nombre o razón social de la sociedad será “COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LIMITADA.” Pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LTDA”. Domicilio. Su domicilio será la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto: A) la prestación de servicios relacionados con el área de la gastronomía, especial, pero no limitativamente, el servicio de comida preparada, realizado por si o por terceras personas; B) todo ello sin perjuicio de las demás actividades que los constituyentes estimen conveniente, para efectos de poder cumplir con el objetivo de la compañía, como así mismo toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con los fines de la compañía y las operaciones financieras y bancarias que para ello sean necesarias. Administración. La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña María Soledad Hernández Valderrama, quien, quien actuando en forma individual, y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, inclusive para aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen el otorgamiento de poder especial, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de 8.000.000, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente forma: a) doña María Soledad Hernández Valderrama aportó la suma de 4.000.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha en la caja social. b) don Oscar Damián Toloza Hernández aportó la suma de 2.000.000, equivalentes a un 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha en la caja social. c) don Pedro Francisco Toloza Hernández aportó la suma de 2.000.000, equivalentes a un 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo, con anterioridad a esta fecha en la caja social. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Capital Vigente de COLACIONES Y PROCESADORA DE ALIMENTOS MARÍA SOLEDAD HERNÁNDEZ VALDERRAMA LIMITADA $8.000.000. Santiago 11 de octubre de 2024.