SOCIEDAD STIPETICH y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2024
- Repertorio
- 3174/2024
- Notario
- Iván Andrés Toledo Mora
- Oficio
- Tercera Notaria de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Andrés Toledo Mora, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Punta Arenas, con oficio Lautaro Navarro 1048, Punta Arenas. Certifico: Por escritura pública de fecha 03.10.2024, repertorio N° 3174/2024, ante mí, comparecieron doña VIVIANA MARIA STIPETICH ANDRADE, C.I.N° 7.170.738-5, Pasaje Hudson 270; don CRISTIAN ALBINO GAETE OLIVARES, dependiente, C.I.N° 6.671.316-4, Miraflores 103, sector Cerro Primavera; GABRIEL ESTEBAN GAETE STIPETICH, independiente, C.I. N° 17.586.809-7, Pasaje Hudson 270, todos de esta ciudad. Comparecientes modificaron “SOCIEDAD STIPETICH y COMPAÑÍA LIMITADA” y/o “ISIS LIMITADA” Rol Único Tributario N° 78.251.030-4. Capital social $2.000.000, constituida 15 de junio 1992 ante Jorge Patricio Saa Diaz, Notario Público, e inscrita a fojas 278 vta., N° 175 en Registro de Comercio 1992, Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas, la que ha sufrido diversas modificaciones. Modificaciones pactadas CRISTIAN ALBINO GAETE OLIVARES vende, cede y transfiere a GABRIEL ESTEBAN GAETE STIPETICH el 100% de sus derechos sociales. Precio $20.000 los cuales el cesionario paga en el acto y en dinero en efectivo. VIVIANA MARIA STIPETICH ANDRADE, vende, cede y transfiere a GABRIEL ESTEBAN GAETE STIPETICH el 50% de los derechos sociales. Precio $990.000 los cuales el cesionario paga en el acto y en dinero en efectivo. Socios de la SOCIEDAD STIPETICH y COMPAÑÍA LIMITADA” y/o “ISIS LIMITADA, son GABRIEL ESTEBAN GAETE STIPETICH con el 51% del capital social con $1.020.000 y VIVIANA MARIA STIPETICH ANDRADE con el 49% con $980.000. Socios modifican cláusula quinta de los estatutos de la administración, estableciendo que la representación será de ambos socios, pudiendo actuar de forma separada o conjunta. En lo no modificado se mantiene estipulaciones del pacto social. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Punta Arenas, 05 de octubre de 2024.