CRUZ Y CRUZ COMUNICACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2024
- Repertorio
- 3512
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Administración
ambos socios indistintamente, pudiendo actuar ambos como representantes legales separada e indistintamente y representar a la sociedad conforme a las facultades contendidas en el estatuto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle Castellón Nº116, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, repertorio 3512, certifico: Que, por escritura pública de fecha 07 de octubre de 2024, Rep. 3.540-2024, ante mí, don OMAR ANTONIO CRUZ ESPINOZA, chileno, técnico electrónico, C.I. Nº9.480.529-5; y doña MACARENA ANDREA CRUZ CRUZ, chilena, empresaria, C.I. Nº18.411-441-0, ambos domiciliados en calle Las Margaritas Nº1757, casa 37, San Pedro de la Paz, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “CRUZ Y CRUZ COMUNICACIONES LIMITADA” RUT N°79.804.330-7. CONSTITUCIÓN: inscrita a fojas 8585, Nº4546 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1988, y publicada en el Diario Oficial del día 19 de mayo de 1988. MODIFICACIÓN consiste en la cesión de parte de los derechos sociales que le correspondían a don OMAR ANTONIO CRUZ ESPINOZA en dicha sociedad, consistentes en el 24% de éstos, los cuales vendió, cedió y transfirió a doña MACARENA ANDREA CRUZ CRUZ, en la suma de $10.000.000. Como consecuencia SOCIEDAD CRUZ Y CRUZ COMUNICACIONES LIMITADA, queda constituida única y exclusivamente por los siguientes socios con las participaciones en los derechos sociales que a continuación se expresan: a) don OMAR ANTONIO CRUZ ESPINOZA con 75% de derechos sociales; y b) MACARENA ANDREA CRUZ CRUZ con 25% de derechos sociales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: ambos socios indistintamente, pudiendo actuar ambos como representantes legales separada e indistintamente y representar a la sociedad conforme a las facultades contendidas en el estatuto social. CAPITAL: $1.200.000, aportados y enterados en la caja social, de acuerdo con pacto constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, octubre 08 de 2024. Doy Fe.-/mme.