Vicuña Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 979, oficina 501 de la comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2024, ante mí, don Rafael Vicuña Undurraga, cédula nacional de identidad N°8.710.271-8, y don Ignacio Martín Valenzuela Nieto, cédula nacional de identidad N°15.960.476-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3910, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad civil de responsabilidad limitada denominada “Vicuña Abogados Limitada” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 28.516, número 20.559 del Registro de Comercio de Santiago del año 2007. Los socios modificaron la razón social de la Sociedad por la de “Vicuña Valenzuela Abogados Limitada”. Al efecto, se reemplazó íntegramente la Cláusula Primera del estatuto de la Sociedad por la siguiente: “PRIMERO: El nombre de la sociedad es “Vicuña Valenzuela Abogados Limitada” y su domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero.”. Asimismo, el socio don Rafael Vicuña Undurraga cedió parte de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, a don Ignacio Martín Valenzuela Nieto. Al efecto, se reemplazó íntegramente la Cláusula Quinta del estatuto de la Sociedad por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de doce millones de pesos, íntegramente pagado en dinero, y pertenece a los socios en la proporción de un cincuenta por ciento para Rafael Vicuña Undurraga y un cincuenta por ciento para Ignacio Martín Valenzuela Nieto. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus aportes.”. Santiago, 7 de octubre de 2024. I. Torrealba A.