CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GBC SpA

CVE 2555842
Duración
Indefinida

Instrumento

Repertorio
1772-2024

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Administración

Será administrada por doña GLORIA INÉS BUSTAMANTE CONTRERAS, de manera exclusiva, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PAMELA CECILIA ASTORGA PAEZ, abogado y Notario Titular de la de San Javier de Loncomilla con oficio en calle Calle Sargento Aldea número 2625, comuna San Javier y Villa Alegre, certifica: , certifico: Por escritura de 07 de octubre del 2024, de repertorio 1.772-2024, en la Notaría Pública de San Javier de doña PAMELA CECILIA ASTORGA PAEZ, que ante mí, comparece: doña GLORIA INÉS BUSTAMANTE CONTRERAS, chilena, divorciada, administradora de empresas, cédula nacional de identidad número once millones setecientos sesenta y siete mil trescientos noventa y nueve guion cinco, domiciliada en calle Monjitas número trescientos noventa y dos, oficina mil seiscientos dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituyo sociedad por acciones, Razón Social: “GBC SpA” nombre de fantasía “GBC SpA”.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de ciento once millones ochocientos cuarenta y un mil cien pesos, dividido en mil acciones, ordinarias, nominativas, de valor nominal inicial de ciento once mil ochocientos cuarenta y uno coma un peso cada una, no hay series de acciones ni privilegios, capital íntegramente suscrito y pagado en la forma siguiente: la accionista GLORIA INÉS BUSTAMANTE CONTRERAS quien ha suscrito la cantidad de mil acciones, las que ha pagado mediante el aporte en dominio de un inmueble, dos vehículos motorizados y bienes muebles, según estos han sido individualizados en escritura extractada, y que fueron aprobados y valorizados en los montos siguientes: el inmueble en la suma de setenta y ocho millones ochocientos catorce mil novecientos ochenta y nueve pesos, el vehículo /a/ en la suma de diez millones seiscientos veinticinco mil setecientos noventa y tres pesos, el vehículo /b/ en la suma de dieciocho millones cuarenta mil trescientos dieciocho pesos, y los bienes muebles en la suma de cuatro millones de pesos. Objeto Será: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puerto, aeropuertos, movimiento de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias propias de la construcción, pudiendo asesoras, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) Prestar servicios de demolición y preparación de terrenos; e) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; f) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades p asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; g) La constitución de sociedades o asociaciones de cualquier tipo y el ingreso a ellas, sea en calidad de socio o accionista, su modificación y la administración de las mismas; y h) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social.- Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida y se disolverá por las causales señaladas en la Ley. Administración: Será administrada por doña GLORIA INÉS BUSTAMANTE CONTRERAS, de manera exclusiva, amplias facultades. Demás estipulaciones. San Javier, 08 de octubre de 2024.