Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 9555-2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es la realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y otros valores mobiliarios y otras actividades inmobiliarias; La inversión y rentistas de capitales mobiliarios en general; el asesoramiento empresarial y en materias de gestión en general, prestación de servicios profesionales, consultas y asesorías legales, contables, tributarias, laborales; actividades empresariales N.C.P; actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; del mismo modo la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; sin perjuicio de lo anterior, podrá ejecutar cualquier objeto sin limitación alguna que esté de acuerdo a las leyes y tratados internacionales vigentes que acuerden los socios de mutuo acuerdo, y en general cualesquiera otros negocios relacionados con el objeto social que los socios acuerden mutuamente
Administración
A contar de la fecha de la presente escritura, el Administrador será don RENALDO WALTER KLICHE LEÓN, cédula de identidad número trece millones novecientos veintitrés mil trescientos diecinueve guión cero, quien podrá actuar con la totalidad de los poderes señalados en el artículo noveno de los Estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos ochenta y siete, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2024, Repertorio N°9.555-2024, ante mí: Doña MARÍA CELESTE LEÓN GIULIUCCI, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos noventa y dos mil ciento once guión K, domiciliada para estos efectos legales en calle Eleodoro Yáñez número dos mil trescientos veinticinco, Comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó Sociedad Por Acciones, bajo razón social “INVERSIONES HUMBERTO LEÓN SpA”, pudiendo usar ante toda clase de instituciones el nombre de fantasía “INVERSIONES HL SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad es la realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y otros valores mobiliarios y otras actividades inmobiliarias; La inversión y rentistas de capitales mobiliarios en general; el asesoramiento empresarial y en materias de gestión en general, prestación de servicios profesionales, consultas y asesorías legales, contables, tributarias, laborales; actividades empresariales N.C.P; actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados; del mismo modo la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; sin perjuicio de lo anterior, podrá ejecutar cualquier objeto sin limitación alguna que esté de acuerdo a las leyes y tratados internacionales vigentes que acuerden los socios de mutuo acuerdo, y en general cualesquiera otros negocios relacionados con el objeto social que los socios acuerden mutuamente. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y su duración será indefinida. Capital suscrito y pagado: $1.000.000, que se paga y entera en la siguiente forma: MARÍA CELESTE LEÓN GIULIUCCI aporta la cantidad de un millón de pesos, equivalentes al cien por ciento de los derechos sociales, que paga al contado y en dinero en efectivo, que ingresan a la caja social. Administración: A contar de la fecha de la presente escritura, el Administrador será don RENALDO WALTER KLICHE LEÓN, cédula de identidad número trece millones novecientos veintitrés mil trescientos diecinueve guión cero, quien podrá actuar con la totalidad de los poderes señalados en el artículo noveno de los Estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto. Santiago, 03 de octubre de 2024.