MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CL Global SpA

RUT 77745117-0 CVE 2555168
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2024

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2024
Repertorio
5586-2024
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Ley aplicable
Ley Nº 18.046

Administración

Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2024

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 30 de septiembre del año 2024, Repertorio N°5586-2024, ante mi: Se redujo a Escritura Pública Acuerdo de Accionistas, en la que Inversiones Willow Tree SpA, rut: 77.794.711-7, representada por don Andrew John Thompson, cédula identidad 14.632.805-9, ambos domiciliados para estos efectos en Av La Dehesa 181, oficina 1014, comuna de Lo Barnechea, como única accionista de la sociedad Welly Capital SpA, condición que me consta, Acordó Modificar el Estatuto Social, cambiando: a) el artículo primero por el siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones denominada “CL GLOBAL SpA”, y cuyo nombre de fantasía el cual podrá usar para todos los efectos legales será “CL Global” que se regirá por estos Estatutos, y subsidiariamente por las normas legales vigentes establecidas en el Código Civil, en el Código de Comercio, en la Ley Nº 18.046 y en su Reglamento y en la Ley Nº 20.190; b) El Artículo DÉCIMO SEGUNDO por el siguiente: ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: La administración de la sociedad será ejercida por una o más personas, naturales o jurídicas, designadas por los accionistas mediante: a) acuerdo adoptado en Junta de Accionistas por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto; o b) escritura pública suscrita por la unanimidad de los mismos; c) El artículo DECIMO TERCERO por el siguiente: La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente General, que tendrá la Administración, Representación Legal y judicial de la sociedad y estará premunido de todos los poderes necesarios para desempeñar su cargo, dentro de los cuales se comprenden facultades amplísimas de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2024.