Sociedad Ganadera y Forestal La Unión Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 1527/2024
- Notario
- CAMILA RAUCH GARRIDO
- Oficio
- Primera Notaría de La Ligua
- Comuna
- La Ligua
Sociedad
- Ley aplicable
- ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAMILA RAUCH GARRIDO, abogado, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de La Ligua, con oficio en calle Ortiz de Rozas número 836, La Ligua, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2024, repertorio Nº 1527/2024, ante el Notario Público Titular Alejandro Gómez Cortés, don Haroldo Roberto Villarroel Lazcano, redujo a escritura pública el Acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad Ganadera y Forestal La Unión Limitada, Rut 78.067.650-7, de fecha 24 de agosto de 2024, mediante la cual la Asamblea aprobó corregir el vicio formal de la sociedad, en conformidad a la ley Nº 19.499, respecto de la escritura pública de fecha 10 de noviembre del 2023, otorgada ante el Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Ligua, don Alejandro Patricio Gómez Cortés, a que se redujo el Acta de la Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad Ganadera y Forestal La Unión Limitada, de fecha 24 de octubre del año 2023, en virtud de la cual se procedió, ante la muerte y renuncia de los administradores, a la elección de nuevos administradores, tanto titulares como suplentes, siendo elegidos como administradores titulares, don Haroldo Roberto Villarroel Lazcano, cédula nacional de identidad N° 11.942.320-1; y don Waldo Enrique Aspe Altamirano, cédula nacional de identidad N° 12.400.027-0, y como administradores suplentes, don Claudio Emilio Lazcano Puebla, cédula nacional de identidad N° 9.519.790-6; don Roberto del Carmen Lazcano Vilches, cédula nacional de identidad N° 9.780.028-6; y don Carlos Andrés Irarrázabal Lazcano, 13.979.082-0; escritura que se inscribió a fojas noventa número setenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, del año 2023; omitiéndose efectuar la publicación del extracto pertinente en el Diario Oficial, para cuyos efectos el plazo se encuentra vencido; vicio que se corrige mediante la escritura pública referida, la cual en extracto deberá ser inscrita en el Conservador pertinente y publicada en el Diario Oficial. La Ligua, 27 de septiembre año 2024.