MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DEPORTIVOS BAUMANN Y CONTRERAS LIMITADA

RUT 76317851-K CVE 2554505
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de octubre de 2024
Notaría
Los Ángeles

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2024
Notario
LETICIA ELVIRA FUENTEALBA TAPIA
Oficio
titular de la Primera Notaría de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERVICIOS DEPORTIVOS BAUMANN Y CONTRERAS LIMITADA socio 76317851-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LETICIA ELVIRA FUENTEALBA TAPIA, abogado, Notario Público Suplente del titular de la Primera Notaría de Los Ángeles, de don CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, con oficio en calle Lautaro 325 local 4 y 5, ciudad de Los Ángeles. Certifico: Por escritura pública de fecha 01 Octubre de 2024, otorgada ante mí, PABLO ANDRÉS CONTRERAS ASTETE, soltero, preparador físico, domiciliado en calle Quirinca número 110, Villa Jardín Oriente, Los Ángeles, cédula de identidad número 16.984.146-2; y don JORGE ESTEBAN BAUMANN SANCHEZ, divorciado, profesor de educación física, domiciliado calle Los Misioneros número 1621, Villa Plazas Santa María, de Los Ángeles, cédula de identidad número 15.227.115-8, modificaron la SERVICIOS DEPORTIVOS BAUMANN Y CONTRERAS LIMITADA, RUT Nº 76.317.851-K, constituida por escritura pública de fecha 16 de abril del año 2013 otorgada en la Notaría de Los Ángeles de doña María Antonieta Carrillo Flores, cuyo extracto se inscribió con fecha 29 de abril del 2013 a fojas 525 número 355 del Registro de Comercio correspondiente al año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Los Ángeles y se publicó en el diario oficial con fecha 19 de abril del año 2013 edición 40.538, CVE 628341.- El capital de la sociedad se fijó en la suma de $2.000.000. Modificaciones consisten: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PABLO ANDRÉS CONTRERAS ASTETE, quién anteponiendo su firma a la razón social, podrá obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades, en toda clase de actos y contratos, según lo que se indica en el nuevo artículo CUARTO que sustituye al anterior. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones, escritura extractada. Los Ángeles, 04 de Octubre de 2024.-