MARDONES Y CORDOVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2024
- Notario
- ALVARO GERMAN ORELLANA JARA
- Domicilio
- don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- La razón social será “HENRIQUEZ Y CORDOVA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, incluso ante instituciones bancarias, financieras, publicas, gubernamentales y de cualquiera otra índole, sean nacionales o extranjeras, con el nombre de fantasía ESPROC CHILE LTDA”. Actuales socios ratifican la cláusula Cuarta de los estatutos constitutivos – modificada - relativa a la Administración, Representación y Uso de la Razón Social y Nombre de Fantasía en el sentido de que la administración y el uso de la razón social y nombre de fantasía, continuará correspondiendo a FRANCO NICOLÁS CORDOVA MARDONES, con las mismas facultades contenidas en la referida cláusula del pacto original. En lo no modificado rigen cláusulas pacto constitutivo y sus modificaciones
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GERMAN ORELLANA JARA, Notario Público Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público Titular, 49° Notaria Santiago, Amunategui N° 73, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2024, ante mí, JACQUELINE DEL CARMEN MARDONES MILLACARIS, Pastor Guillermo Castillo Moraga Nº 144, Maipú; FRANCO NICOLÁS CORDOVA MARDONES, Pastor Guillermo Castillo Moraga Nº 144, Maipú; y MARIO ESTEBAN HENRIQUEZ ARAVENA, calle Ortúzar Nº 165, casa E, Ñuñoa, modificaron sociedad “MARDONES Y CORDOVA LIMITADA”, rut 76.543.667-2, constituida el 24/02/2016, ante Notario de Santiago Juan Ignacio Carmona Zúñiga, extracto inscrito a fojas 305 vuelta, bajo el número 203, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Curicó, año 2016, Diario Oficial dentro del plazo legal. Cesión de Derechos: Se retira JACQUELINE DEL CARMEN MARDONES MILLACARIS, dueña del 50% del haber social, quien vende el total de su participación social a MARIO ESTEBAN HENRIQUEZ ARAVENA, quien los compra para sí, en $1.500.000.- efectivo, este acto. Consecuencia quedan: a) FRANCO NICOLÁS CORDOVA MARDONES, dueño del 50% del haber social, con un aporte de $1.500.000.- al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; y b) MARIO ESTEBAN HENRIQUEZ ARAVENA, dueño del 50% del haber social, con un aporte de $1.500.000.- al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social. Aportes equivalentes al mismo importe de capital constitutivo que posee la sociedad materia del presente contrato de $3.000.000.- Modificación: FRANCO NICOLÁS CORDOVA MARDONES y MARIO ESTEBAN HENRIQUEZ ARAVENA, en su calidad de únicos y actuales socios, modifican la sociedad en los siguientes términos: Uno) modifican el artículo tercero del pacto social constitutivo relativo a la Razón Social y Nombre de Fantasía, reemplazando el nombre o razón social a “HENRIQUEZ Y CORDOVA LIMITADA”, quedando en consecuencia el referido numeral, como sigue: “TERCERO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL Y NOMBRE DE FANTASÍA. La razón social será “HENRIQUEZ Y CORDOVA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, incluso ante instituciones bancarias, financieras, publicas, gubernamentales y de cualquiera otra índole, sean nacionales o extranjeras, con el nombre de fantasía ESPROC CHILE LTDA”. Actuales socios ratifican la cláusula Cuarta de los estatutos constitutivos – modificada - relativa a la Administración, Representación y Uso de la Razón Social y Nombre de Fantasía en el sentido de que la administración y el uso de la razón social y nombre de fantasía, continuará correspondiendo a FRANCO NICOLÁS CORDOVA MARDONES, con las mismas facultades contenidas en la referida cláusula del pacto original. En lo no modificado rigen cláusulas pacto constitutivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 16 de Septiembre de 2024.-