MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SANTA DOLORES II SpA

RUT 77490877-3 CVE 2554747
Capital
$219.276.574 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2024
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$219.276.574 CLP
Domicilio
Santiago, República de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones y negocios en cualquier clase de bienes corporales o incorporales muebles tales como bonos, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; la inversión en bienes raíces como así mismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, amoblados o no amoblados o de derechos sobre los mismos; la participación en toda clase de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero, civiles o comerciales, ya sean colectivas o en comanditas, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones, o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don José Francisco Oliu Castillo quien anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de ausencia, incapacidad o fallecimiento de José Francisco Oliu Castillo, circunstancias que no será necesario acreditar ante terceros, la representación, administración y uso de la razón social corresponderá a doña Lorena Andrea Oliu Castillo, con todas y cada una de las facultades precedentemente indicadas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2024, ante mí, comparecen, don José Francisco Oliu Castillo, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad N° 13.831.196-1, por sí y en representación, de don José Miguel Oliu Riumallo, chileno, casado en sociedad conyugal, factor de comercio, cédula de identidad N° 6.124.927-3; doña Teresa Ivonne Castillo Valcarcel, chilena, casada en sociedad conyugal, factor de comercio, cédula de identidad N° 6.650.923-0; doña Lorena Andrea Oliu Castillo, chilena, casada y separada de bienes, educadora de párvulo, cédula de identidad N° 13.271.565-8; y doña Carolina Alejandra Oliu Castillo, chilena, soltera, bioquímica, cédula de identidad N° 10.698.026-8, todos domiciliados para estos efectos en calle Atahualpa número dos mil ciento setenta y tres, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA SANTA DOLORES II SpA”, compañía del giro de su denominación, rol único tributario N° 77.490.877-3, inscrita a fojas 76723, número 35429 correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, acordaron modificar la sociedad en el sentido de transformar el tipo social de Sociedad por Acciones a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, fijando texto refundido de sus estatutos, cuyos aspectos más relevantes son: Razón Social: “INMOBILIARIA SANTA DOLORES II LIMITADA”. Domicilio. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, República de Chile, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Objeto. El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones y negocios en cualquier clase de bienes corporales o incorporales muebles tales como bonos, letras hipotecarias, pagarés u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; la inversión en bienes raíces como así mismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, amoblados o no amoblados o de derechos sobre los mismos; la participación en toda clase de sociedades, tanto en Chile como en el extranjero, civiles o comerciales, ya sean colectivas o en comanditas, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones, o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Capital. El capital de la sociedad asciende a $219.276.574, que se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: i) José Miguel Oliu Riumallo, por un monto ascendiente a $73.088.858, equivalente a 33,32 por ciento de los derechos sociales. ii) Teresa Ivonne Castillo Valcarcel por un monto ascendiente a $36.544.429, equivalentes a 16,67 por ciento de los derechos sociales. iii) Carolina Alejandra Oliu Castillo, por un monto ascendiente a $36.544.429, equivalentes a 16,67 por ciento de los derechos sociales. iv) Lorena Andrea Oliu Castillo, por un monto ascendiente a $36.544.429, equivalentes a 16,67 por ciento de los derechos sociales. y v) José Francisco Oliu Castillo, por un monto ascendiente a $36.544.429, equivalentes a 16,67 por ciento de los derechos sociales. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y totalmente pagado. Que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración. La administración y el uso de la razón social corresponderá a don José Francisco Oliu Castillo quien anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de ausencia, incapacidad o fallecimiento de José Francisco Oliu Castillo, circunstancias que no será necesario acreditar ante terceros, la representación, administración y uso de la razón social corresponderá a doña Lorena Andrea Oliu Castillo, con todas y cada una de las facultades precedentemente indicadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2024.