MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PLAN OK SpA

RUT 96933310-4 CVE 2554171
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2024
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”; Tres) Modificar el ARTÍCULO QUINTO del estatuto social, materia no extractable relativa a la administración de la sociedad. En lo no modificado, los comparecientes ratifican íntegramente las estipulaciones del estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular, 8º Notaria de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada con fecha 30 de septiembre de 2024, Rep. N°14727/2024, ante mí, PEDRO IGNACIO TRONCOSO UNWIN, por si y en representación de "INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA VICTORIA LIMITADA", y don JUAN IGNACIO TRONCOSO REYES, en representación de “INVERSIONES TRES MARÍAS SpA”, todos domiciliados para estos efectos, en calle Esteban Dell´Orto N°7007, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, únicos y actuales accionistas de la sociedad “PLAN OK SpA”, inscrita a fojas 23.858, número 18947, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2000, acordaron, entre otras materias: Uno) Modificar el ARTÍCULO TERCERO del estatuto social, materia no extractable relativa al objeto social; Dos) Incorporar el ARTÍCULO TERCERO BIS al estatuto social, del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO BIS: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”; Tres) Modificar el ARTÍCULO QUINTO del estatuto social, materia no extractable relativa a la administración de la sociedad. En lo no modificado, los comparecientes ratifican íntegramente las estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de Octubre de 2024.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.