FUDEAUFRO CAPACITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2024
- Notario
- Carlos Ulloa González
- Oficio
- Octava Notaria de la agrupación de las comunas de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn la ciudad de Cunco, República de Chile, a Cunco 11 de septiembre de 2024, ante mí, Carlos Ulloa González, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Melipeuco, Cunco y Freire, con oficio en esta ciudad de Cunco, calle Balmaceda N° 510.- Certifico: Por escritura pública de fecha de 11 de septiembre de 2024, anotada en el repertorio con el N° 776-2024, se celebró escritura de disolución y liquidación de “FUDEAUFRO CAPACITA LIMITADA”. Representada por DESARROLLOS UFRO S.A, ésta representada por don Orlando Zabdy Delanoe Contreras y don Emilio Taladriz Montesinos; y por FUNDACIÓN DE DESARROLLO EDUCACIONAL Y TECNOLÓGICO LA ARAUCANÍA, ésta representada por don Víctor Hugo Castillo Fica y don Iván Gabriel Velásquez Briceño, los cuales acordaron la disolución y liquidación de la sociedad. Ellos constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de “FUDEAUFRO CAPACITA LIMITADA” la que se inscribió a fojas mil setecientos sesenta y cinco número mil trescientos cuarenta y nueve en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil trece y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial edición número cuarenta mil seiscientos trece del veinte de julio del años dos mil trece. El capital social inicial establecido fue la suma de VEINTE millones de pesos.- Atendida la circunstancia que la sociedad, no adquirió bienes durante su vigencia, y por tanto no existen bienes que repartir, y que los socios se han hecho las contrapestaciones pertinentes, las partes comparecientes se dan el más amplio y completo finiquito respecto de todas y cada una de las obligaciones contraídas en el giro de la sociedad que por este instrumento disuelven y liquidan, declarando que nada se adeudan recíprocamente. Las demás estipulaciones en escritura extractada.- Cunco 03 de octubre de 2024.