Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2024
- Notario
- Patricio Guillermo Corominas Mellado
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Guillermo Corominas Mellado, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 02 de octubre 2024, bajo el repertorio número 7402-2024, don JOSÉ FRANCISCO CORTEZ COX constituyó una sociedad por acciones: Nombre: “EMPRESA CONSTRUCTORA LOS MAGNOLIOS SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CONSTRUCTORA LOS MAGNOLIOS SpA”, en adelante la “Sociedad”; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: i) La ejecución de obras de urbanización; obras civiles; obras industriales; obras de edificación; remodelación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de viviendas, establecimientos industriales, comerciales, edificios, y la ejecución de cualquier otro tipo de construcciones de inmuebles; y ii) Elaborar proyectos de arquitectura e ingeniería, coordinarlos y dirigirlos; inspección técnica de todo tipo de obras de arquitectura e ingeniería; elaborar estudios e informes. Para la consecución de sus fines sociales, la Sociedad podrá ejecutar los actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto en forma directa o indirecta y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y participar como socia de otras sociedades de cualquier naturaleza, ya sea que actualmente existan o que se constituyan a futuro; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios y pertinentes al desarrollo de su comercio o negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, lo cual podrá hacerse en toda clase de bienes muebles e inmuebles sean estos corporales o incorporales, incluso en el mercado de capitales. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de octubre de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.