MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL BOTILLERIA Y PROVISIONES GINA SpA

RUT 77235085-6 CVE 2553000
Fecha instrumento
1 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2024
Repertorio
626-2024

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD COMERCIAL BOTILLERIA Y PROVISIONES GINA SPA socio 77235085-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial Titular, de las Comunas de Purén y Los Sauces, con oficio en calle Urrutia Nº 470, de la Comuna de Purén, CERTIFICO: Por Escritura Pública otorgada con fecha 01 de Octubre de 2024, ante mí, Repertorio 626-2024, doña GINA MARLENE CANTERGIANI GIACOMOZZI, Chilena, C.I. Nº 10.800.287-5, viuda, comerciante, domiciliada en calle Nahuelco Nº 1.299, de la Comuna de Purén, procedió a RECTIFICAR la “SOCIEDAD COMERCIAL BOTILLERIA Y PROVISIONES GINA SPA, RUT 77.235.085-6, en los siguientes términos, PRIMERO: Por escritura pública de fecha 9 de Julio 2020, otorgada ante don ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, constituyó sociedad denominada Sociedad Comercial Botillería y Provisiones Gina Limitada, Rut número 77.235.085-6, extracto inscrito fojas 23 Nº 13, registro de comercio Conservador Bienes Raíces y Comercio de Purén, correspondiente año 2020. Publicado en el Diario Oficial de fecha 27 de julio 2020, rectificado por escritura pública de 27 de Abril de dos mil 2023, en la notaría de Purén de don ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, cuyo Extracto fue inscrito a fojas 8, Nº 5, del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Purén, correspondiente al año de 2023. A la fecha los estatutos de la Sociedad han sido objeto de las siguientes modificaciones: A) Modificación efectuada por escritura pública de fecha 14 de abril 2023, otorgada en la notaría de Purén de don ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, en virtud de la cual se modificó La Administración, representación, el uso de la razón social y nombre de fantasía, para el cumplimiento del objeto social, corresponderá a los socios señora Gina Marlene Cantergiani Giacomozzi y a la socia señorita Rocío Belén Duhart Cantergiani, quienes podrán actuar en forma individual, separada e indistintamente la una de la otra, debiendo anteponer a la razón social su firma y la representarán con las mas amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos o contratos. El extracto fue inscrito a fojas 8 número 5, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Purén correspondiente al año 2023, y publicado por el Diario Oficial de fecha 21 de abril del año 2023. B) Cesión de Derechos, Modificación y Transformación de Sociedad, efectuada por escritura pública de fecha 23 de Agosto de 2024, otorgada en la notaría de Purén de don ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, en virtud de la cual se modificó la participación de los socios, doña Rocío Belén Duhart Cantergiani y don Bernardo Matías Duhart Cantergiani, cedieron la totalidad de sus derechos a doña GINA MARLENE CANTERGIANI GIACOMOZZI, quedando esta última como única accionista y administradora de la Sociedad Comercial Botillería y Provisiones Gina Limitada. En esta misma escritura, se llevó a cabo la modificación del tipo de sociedad, pasando de ser Sociedad Comercial Botillería y Provisiones Gina Limitada a SOCIEDAD COMERCIAL BOTILLERÍA Y PROVISIONES GINA SPA.- RECTIFICACION: UNO) Se Rectifica el Artículo Duodécimo, debe decir “Los directores podrán ser o no accionistas, y podrán ser reelegidos indefinidamente. En el caso de estar todas las acciones en poder de un solo accionista, esta será designada como Administradora de la sociedad y gozará de las facultades de administración del Gerente General y que estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio, además de las que le confieran la Ley y estos Estatutos. Al Gerente General le corresponderá la representación judicial de la Sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del Artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y tendrá derecho a voz en las Sesiones de Directorio. El Gerente General actuará como secretario del Directorio y de las Juntas de Accionistas, salvo que se designe incidentalmente a otra persona. El cargo de Gerente General es compatible con el de director y con el de Presidente del Directorio. Y Cuando sean más de dos los accionistas que conformen la sociedad, se deberá llamar a una sesión de directorio para determinar quién se desempeñe como Administrador de la sociedad”.- DOS) Se Rectifica el Artículo Décimo sexto, DEBE DECIR “La Sociedad tendrá un gerente general (el "Gerente General") que será designado por el Directorio y que estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio y de todas aquellas que expresamente le otorgue el Directorio, además de las que le confieran la Ley y estos Estatutos. Al Gerente General le corresponderá la representación judicial de la Sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del Artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil y tendrá derecho a voz en las Sesiones de Directorio. El Gerente General actuará como secretario del Directorio y de las Juntas de Accionistas, salvo que se designe incidentalmente a otra persona. El cargo de Gerente General es compatible con el de director y con el de Presidente del Directorio. El Directorio podrá, pero no estará obligado a, designar a una o más personas para que representen a la Sociedad en las notificaciones que se le practiquen en ausencia del Gerente General. En el caso de que la sociedad este conformada por un solo accionista, será el mismo el que detente el cargo de Administrador y de Gerente General, solo siendo necesaria la designación de uno diferente, cuando la sociedad este conformada por más accionistas, para lo cual se celebrará una sesión de directorio especialmente celebrada para esta designación”.- TRES) Se Rectifica el Artículo Segundo Transitorio donde dice, “Para efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo Cuatrocientos Veinticinco del Código de Comercio, en el mismo acto de constitución de la Sociedad y sin que ello importe una cláusula esencial de los Estatutos de la Sociedad, se designa como directora de la Sociedad a la señora Gina Marlene Cantergiani Giacomozzi”, DEBE DECIR “Para efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo Cuatrocientos Veinticinco del Código de Comercio, en el mismo acto de constitución de la Sociedad y sin que ello importe una cláusula esencial de los Estatutos de la Sociedad, se designa como Directora, Administradora y Gerente General de la Sociedad a la señora GINA MARLENE CANTERGIANI GIACOMOZZI”. En lo no modificado, siguen vigentes estipulaciones contrato original.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Repertorio 626-2024.- Purén, 01 de Octubre de 2024.