Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada
Instrumento
- Comuna
- Rengo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULINA VALENZUELA VALDÉS, Abogado. Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt número setenta y cinco guión D primer piso. Por escritura pública de diez de septiembre de dos mil veinticuatro, Repertorio N° mil ciento cuarenta y cinco guion dos mil veinticuatro, comparecen MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos cinco guión tres, chilena, soltera, trabajadora independiente, con domicilio en Valentín Zúñiga número setenta y seis, comuna de Requinoa y don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos ochenta y tres mil trescientos setenta guion dos, chileno, Agricultor, casado y separados de bienes, con domicilio en Pablo Rubio número setenta y seis, comuna de Requinoa. Modifican la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada o Santa Magdalena Ltda., RUT cincuenta millones setenta y cuatro mil quinientos setenta guion tres, persona jurídica constituida por escritura pública de dos de agosto de mil novecientos ochenta y dos otorgada ante la Notario Público de Santiago doña Ana María Sepúlveda Fuentes, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas veintisiete vuelta número veinticuatro del Registro de Comercio del año mil novecientos ochenta y dos del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Luego mediante escritura pública de fecha siete de enero de dos mil diez otorgada ante el Notario Público de don Eduardo de Rodt Espinosa, cuyo extracto de saneamiento, fue inscrito a fojas nueve, número ocho, del Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. Por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, número cinco mil quinientos setenta y tres de fecha uno de septiembre del año dos mil veinte, inscrita en el Registro Nacional bajo el número treinta y tres mil cuatrocientos seis de dos mil veinte, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de doña María Magdalena Miranda Rojas, ocurrido el veintiséis de enero de dos mil diez, a sus herederos, su cónyuge Mario Luis Valdivia Cornejo, y sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda y por Resolución Exenta del Director Regional de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´higgins, número cinco mil quinientos setenta y cuatro de fecha uno de septiembre del año dos mil veinte, inscrita en el Registro Nacional bajo el número treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y uno de dos mil veinte, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Mario Luis Valdivia Cornejo, ocurrido el nueve de junio de dos mil diecinueve, a sus herederos, sus hijos, Mario Fernando Valdivia Miranda, María Irma Valdivia Miranda y María Virginia Valdivia Miranda, producto de lo anterior, se procedió a efectuar anotación marginal, de fecha dieciocho de octubre de dos mil veintiuno, a nombre de los herederos anteriormente mencionados, respecto de los derechos sociales que a los causantes correspondían en la persona jurídica señalada. Conforme consta en las escrituras públicas de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, Repertorio N° mil doscientos veintiocho, complementada mediante escritura pública de fecha de enero de dos mil veinticuatro, Repertorio N° nueve guion dos mil veinticuatro, GUSTAVO HERNÁN CABEZAS DÍAZ en su calidad de administrador de la sociedad conyugal conformada con doña MARÍA VIRGINIA VALDIVIA MIRANDA, vendió, cedió y transfirió a don MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA, quien compró, aceptó y adquirió para si, todos los derechos, cuotas y acciones que esta posee sobre los derechos sociales correspondientes a la Sociedad Agrícola Santa Magdalena Limitada, todo lo anterior consentido y ratificado por MARÍA IRMA VALDIVIA MIRANDA. Dando origen a la inscripción de fojas tres, número tres, del Registro de Comercio del año dos mil veinticuatro del Conservador de Bienes Raíces de Rengo. De esta forma, se modifica la sociedad, en el sentido de que queda conformada actualmente por el socio MARIO FERNANDO VALDIVIA MIRANDA. En lo no modificado queda vigente pacto social primitivo y sus respectivos saneamiento. Rengo 02 de octubre de 2024.