INVERSIONES Y ASESORIAS NECO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2024
- Repertorio
- 2056-2009
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $150.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2024, ante mí: Doña MARIA ELENA ASENJO GUTIERREZ, chilena, soltera, factor de comercio, cédula de identidad N° 3.075.898-6; don EUGENIO RUPERTO CORREA MURILLO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula de identidad N° 10.405.366-1; doña KALA CORREA VIVIANI, chilena, soltera, psicóloga, cédula de identidad N° 19.605.742-0; y don PASCAL EUGENIO CORREA VIVIANI, chileno, soltero, informático, cédula de identidad N° 20.072.798-3, todos domiciliados para estos efectos en, Camino del Huilli N° 3.379, Lomas del Huinganal, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, quienes modificaron la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NECO LIMITADA”, la cual fue constituida con fecha 18 de diciembre del año 2009, suscrita en la Primera Notaría de Ñuñoa, ante don Héctor Rubén Estay Ramírez, Notario Suplente de su Titular don René J.T. Martínez Miranda, bajo el número de repertorio 2.056-2009, cuyo extracto se inscribió a fojas 63.148, número 44.315 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, y se publicó en el Por el presente instrumento y con la comparecencia y autorización de la unanimidad de los socios quienes están presentes en el mismo acto: a) Doña MARIA ELENA ASENJO GUTIERREZ, vende, cede y transfiere a doña KALA CORREA VIVIANI, quién compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 2.5% de participación en la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NECO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000.- pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. b) Doña MARIA ELENA ASENJO GUTIERREZ, vende, cede y transfiere a don PASCAL EUGENIO CORREA VIVIANI, quién compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 2.5% de participación en la sociedad “INVERSIONES Y ASESORIAS NECO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000.- pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos a los que se ha hecho referencia en las cláusulas precedentes, se retira de la sociedad doña MARIA ELENA ASENJO GUTIERREZ, modificándose el artículo séptimo de los estatutos sociales quedando en el siguiente tenor: ARTÍCULO SEPTIMO: El capital de la sociedad será la suma de $150.000.000.-, que los socios aportan de la manera que se señala a continuación: a) Don EUGENIO RUPERTO CORREA MURILLO, aporta la suma de $142.500.000.-, que representan el 95% del total del capital social, los cuales se encuentran totalmente enterados e ingresados al haber social; b) doña KALA CORREA VIVIANI, aporta la suma de $3.750.000.-, que representan el 2.5% del total del capital social, los cuales se encuentran totalmente enterados e ingresados al haber social; y c) don PASCAL EUGENIO CORREA VIVIANI, aporta la suma de $3.750.000.-, que representan el 2.5% del total del capital social, los cuales se encuentran totalmente enterados e ingresados al haber social. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes las disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Septiembre de 2024.