VERDEJO Y VEGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 1509-2024
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $38.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Verdejo y Vega Limitada | socio | 88649200-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ANGELICA RAMIREZ FUENTES, Notario Interina de la Primera Notaría de Talca, con Oficio en calle 1 Norte 963 Of. 103, CERTIFICO: Por escritura pública de 27 de septiembre de 2024, ante mí, Repertorio N° 1509-2024, doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, chilena, viuda, contadora, cédula nacional de identidad número 5.562.492-5, con domicilio en calle Isidoro del Solar número 241, de la comuna de Talca, por sí y en representación y como se acreditará, de doña CARMEN ANDREA VERDEJO VEGA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, psicóloga, cédula nacional de identidad número 7.480.305-9, de doña PAULA VERONICA VERDEJO VEGA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número 10.913.319-1, de don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA, chileno, divorciado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.913.146-6, de doña CAROLINA DEL PILAR VERDEJO VEGA, chilena, casada en régimen de participación en los gananciales, diseñadora, cédula nacional de identidad número 10.672.416-4 y don EDUARDO ANDRES VERDEJO VEGA, chileno, soltero, psicólogo, cédula nacional de identidad número 10.913.325-6, todos con domicilio para estos efectos en calle Isidoro del Solar número 241, de la comuna de Talca; saneó modificación de la sociedad VERDEJO Y VEGA LIMITADA, constituida mediante escritura pública de fecha 04 de diciembre del año 1987 ante el Notario de la Primera Notaría de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 14 número 10 del Registro de Comercio de Talca correspondiente al año 1988 y publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de enero del año 1988. Modificación que se sanea efectuada mediante escritura pública de fecha 01 de Julio del año 2021, otorgada ante la Notario de Talca doña María Angélica Ramírez Fuentes, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Talca don Julio Movillo Mattassi, Repertorio Número 1985-2021, relativa a modificación de su composición social, la que pasó a quedar como sigue: doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, quedó con un 62,5 % de participación social, doña CARMEN ANDREA VERDEJO VEGA, quedó con un 7,5 % de participación social, doña PAULA VERONICA VERDEJO VEGA, quedó con un 7,5 % de participación social, don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA, quedó con un 7,5 % de participación social, doña CAROLINA DEL PILAR VERDEJO VEGA, quedó con un 7,5 % de participación social, y don EDUARDO ANDRES VERDEJO VEGA, quedó con un 7,5 % de participación social. Asimismo, los actuales socios establecieron que la administración y uso de la razón social correspondería a doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA y en su ausencia o impedimento, lo que no sería necesario acreditar ante terceros, sucesivamente al socio don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA, y luego al socio don EDUARDO ANDRES VERDEJO VEGA, los que de manera individual podrán representar a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente las señaladas en la cláusula SEXTA de la escritura de adjudicación parcial y modificación de sociedad señalada. Un extracto de la modificación ya citada, fue inscrito a fojas 1186 número 464 del Registro de Comercio de Talca correspondiente al año 2021. Que en dicho extracto existieron errores de transcripción y omisiones de datos; y además, se omitió su oportuna publicación en el Diario Oficial; circunstancias que se constituyen en causales de nulidad formal susceptibles de ser saneadas. SANEAMIENTO: Que en virtud de lo precedentemente expuesto, la compareciente por sí y en la representación en que comparece, saneó la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada antes referida, por el error en su extracto inscrito y la falta de oportuna publicación del mismo, declarando además, que publicará e inscribirá oportunamente el extracto de la presente escritura de saneamiento, haciendo referencia al extracto que no fue inscrito en tiempo oportuno, y cuyo tenor es el siguiente: “JULIO MOVILLO MATTASSI, Notario Titular de la Primera Notaría de Talca, con Oficio en calle Uno Norte 963 oficina 103, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 02 de julio del año 2021, ante doña María Angélica Ramírez Fuentes, Notario Suplente de este Oficio, Repertorio número 1985-2021, doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, doña CARMEN ANDREA VERDEJO VEGA, doña PAULA VERONICA VERDEJO VEGA, don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA, doña CAROLINA DEL PILAR VERDEJO VEGA, y don EDUARDO ANDRES VERDEJO VEGA, todos domiciliados en calle Isidoro del Solar número 241 de la comuna de Talca, quienes procedieron a modificar la sociedad Verdejo y Vega Limitada, RUT N°88.649.200-6, cuyo capital asciende a $38.000.000.-, fue constituida por repactación por escritura pública el 4 de diciembre del año 1987, ante el Notario de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, e inscrita a fojas 14 N°10 registro de Comercio de Talca, correspondiente al año 1988. Esta sociedad fue modificada por escritura pública otorgada el 15 de noviembre de 1996, ante el Notario de Talca don Oscar Pino Parra e inscrita a fojas 1045 N°421 del registro de Comercio de Talca correspondiente al año 1996. Consecuencialmente, la sociedad de marras, fue modificada por escritura pública del 8 de octubre de 1998, otorgada ante el Notario de Talca don Adolfo Pino Parra e inscrita a fojas 1203 N°512 del Registro de Comercio de Talca correspondiente al año 1998. Conforme al artículo 980 y siguientes del Código Civil, tratándose de una sucesión intestada se procede a adjudicar los derechos de don Fernando Verdejo Moya en la sucesión Verdejo y Vega Limitada, constituyéndose este acto en una adjudicación parcial de sus bienes, en este caso, de sus derechos en la sociedad Verdejo y Vega Limitada y que corresponde al 50% de los mismos, en la persona de sus herederos, conforme a la norma señalada en el artículo 988 del Código Civil, relativo al primer orden sucesión intestado, de la siguiente forma: 1.- A su cónyuge sobreviviente doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, el 12,5 % del 50% de esos derechos sociales; 2) A sus hijos CARMEN ANDREA, doña PAULA VERONICA, don LUIS FERNANDO, doña CAROLINA DEL PILAR, y don EDUARDO ANDRES todos de apellidos VERDEJO VEGA, el 7,5% de los derechos en la sociedad Verdejo y Vega Limitada, a cada uno. Por lo que en definitiva los derechos sociales en la sociedad Verdejo y Vega Limitada, quedan radicados en doña Haydée María Angélica Verga Urrutia, con un 62,5% y en sus hijos Carmen Andrea, doña Paula Verónica, don Luis Fernando, doña Carolina del Pilar, y don Eduardo Andrés todos de apellidos Verdejo Vega, con un 7,5% cada uno de ellos. La administración y uso de la razón social corresponderá a la socia doña HAYDÉE MARÍA ANGÉLICA VEGA URRUTIA, y en su ausencia o impedimento, lo que no será necesario acreditar ante terceros, sucesivamente al socio don LUIS FERNANDO VERDEJO VEGA y luego al socio don EDUARDO ANDRÉS VERDEJO VEGA, los que, de manera individual, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, según se establece en la escritura extractada. Talca, 28 de agosto de 2021.”. Conforme. RUT de la sociedad 88.649.200-6. CAPITAL : $38.000.000.- Talca, 30 de septiembre de 2024.