MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

NDI ABOGADOS LIMITADA

RUT 76541129-7 CVE 2552362
Fecha instrumento
27 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2024
Repertorio
6417-2024
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la 2° Notaría Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, Lo Barnechea, certifico: por escritura pública de fecha 27 de agosto de 2024, Repertorio N°6.417-2024, ante mi suplente doña Rose Marie Muñoz Álvarez, INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS IGNATIUS LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES IG LIMITADA, ASESORÍAS E INVERSIONES BELLO HORIZONTE SpA y ASESORÍAS E INVERSIONES URRESTARAZU SpA, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5.420, Oficia 507, Las Condes, Región Metropolitana; celebraron una cesión derechos sociales y modificaron estatutos de la sociedad NDI ABOGADOS LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, de cual se extracta lo siguiente: I. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Uno) Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Ignatius Limitada, vendió, cedió y transfirió a Asesorías e Inversiones Urrestarazu SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 11,11% de sus derechos sociales que corresponden al 5% del haber social; Dos) Asesorías e Inversiones IG Limitada, vendió, cedió y transfirió a Asesorías e Inversiones Urrestarazu SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí el 11,11% de sus derechos sociales que corresponden al 5% del haber social. El precio de las cesiones indicadas en los números anteriores se paga en la forma señalada en la escritura extractada. Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios de NDI ABOGADOS LIMITADA, Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Ignatius Limitada, con un 40% de los derechos sociales; Asesorías e Inversiones IG Limitada con un 40% de los derechos sociales; Asesorías e Inversiones Bello Horizonte SpA con el 10% de los derechos sociales, y Asesorías e Inversiones Urrestarazu SpA con el 10% restante de los derechos sociales. II. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Uno) Los únicos socios de la Sociedad, sustituyeron la cláusula Primera de sus estatutos por la siguiente: “PRIMERO: Sociedad. Socios y Razón Social. Entre (i) INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS IGNATIUS LIMITADA, representada por don Daniel Alejandro Nassar Stefan, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo 5420, oficina 507, Las Condes; (ii) ASESORÍAS E INVERSIONES BELLO HORIZONTE SpA, representada por doña Gabriela Alejandra Morales Reveco, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo 5420, oficina 507, Las Condes; (iii) ASESORÍAS E INVERSIONES IG LIMITADA, representada por don Pedro Felipe Iñiguez Ducci, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Zapallar número 132, comuna de Zapallar, Quinta Región y de paso por ésta, e (iv) ASESORÍAS E INVERSIONES URRESTARAZU SpA, representada por doña Karen Isabel Urrestarazú Sáez, ambos domiciliados en Cerro El Plomo 5420, oficina 507, Las Condes, se constituye sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social “NDI Abogados Limitada”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía “NDI Abogados Ltda.”, que se regirá por las estipulaciones de este contrato, por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y demás normas legales supletorias del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia en todo lo que no se hubiera estipulado en este contrato.”; Dos) Asimismo, reemplazaron íntegramente la cláusula Quinta de los estatutos de la Sociedad, por la siguiente: “QUINTO: Capital. El capital social asciende a la suma de seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos, íntegramente pagado y enterado por los socios a las arcas sociales en la proporción que a continuación se expresa: (i) Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Ignatius Limitada con el cuarenta por ciento del capital y derechos sociales de la Sociedad, esto es la suma de tres millones de pesos, enterado con anterioridad a esta fecha; (ii) Asesorías e Inversiones IG Limitada con el cuarenta por ciento del capital y derechos sociales de la Sociedad, esto es la suma de tres millones de pesos, enterado con anterioridad a esta fecha; (iii) Asesorías e Inversiones Bello Horizonte SpA con el diez por ciento del capital, esto es la suma de seiscientos sesenta y seis mil pesos, enterado con anterioridad a esta fecha; y (iv) Asesorías e Inversiones Urrestarazu SpA con el diez por ciento restante del capital, esto es la suma de seiscientos sesenta y seis mil pesos.”; Tres) Además, reemplazaron íntegramente la cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, la cual solamente para efectos de dar cumplimiento legal del presente extracto, se extracta de la siguiente manera: “SÉPTIMO: Uso de la razón social y administración de la Sociedad. El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a Daniel Alejandro Nassar Stefan, Pedro Felipe Iñiguez Ducci, Gabriela Alejandra Morales Reveco y Karen Isabel Urrestarazu Sáez (…)”. Los administradores antes indicados, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos y anteponiendo su firma a la razón social, podrán ejercer las facultades indicadas en la cláusula Séptima de la escritura que por este acto se extracta. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 11.745 número 6.612 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016. Santiago de Chile, 14 de septiembre 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.