CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones San José Limitada

CVE 2552595
Capital
$7.166.366.820 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2024
Repertorio
24046/2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.166.366.820 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2050. Vencido este plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se toma nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo

Objeto social

La sociedad tiene por objeto exclusivo la inversión pasiva en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, en especial en acciones y derechos, y -además- la administración, explotación y percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera, excluyendo expresamente la realización de cualquier acto de comercio. (d)

Administración

La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a doña Constanza Ignacia Said Somavía (en adelante la “Administradora”), quien, actuando individualmente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrá representarla con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento de la Administradora o de impedimento físico o mental para ejercer las funciones como tal, la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad será ejercida por cuatro cualquiera de los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said, y doña Catalina Álvarez Said, quienes actuando en la forma señalada podrán representar a la sociedad con las mismas facultades que la Administradora. Para efectos de acreditar el fallecimiento o impedimento ante terceros, cuatro cualquiera de los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said y doña Catalina Álvarez Said deberán otorgar una escritura pública en que deberán declarar la ocurrencia de las circunstancias anteriores y deberán insertar, según sea el caso, el respectivo certificado de defunción o, un certificado emitido por un médico especialista que constate el respectivo impedimento físico o mental. De dicha escritura se deberá tomar debida nota al margen de la inscripción social. Por su parte, en el caso que la Administradora decida renunciar a su cargo, deberá manifestarlo de manera expresa por escritura pública, de la cual también deberá tomarse debida nota al margen de la inscripción social. En todos los casos antes señalados, los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said y doña Catalina Álvarez Said, podrán ejercer las funciones como administradores solo una vez que se hubiere efectuado la correspondiente anotación marginal. (e)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2024, repertorio N°24.046/2024, ante mí, don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said, doña Constanza Ignacia Said Somavía y doña Catalina Álvarez Said, todos domiciliados en Av. Andrés Bello N°2.687, piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos y condiciones: (a) Razón social: “Inversiones San José Limitada”. (b) Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. (c) Objeto: La sociedad tiene por objeto exclusivo la inversión pasiva en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, en especial en acciones y derechos, y -además- la administración, explotación y percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera, excluyendo expresamente la realización de cualquier acto de comercio. (d) Administración: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a doña Constanza Ignacia Said Somavía (en adelante la “Administradora”), quien, actuando individualmente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrá representarla con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento de la Administradora o de impedimento físico o mental para ejercer las funciones como tal, la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad será ejercida por cuatro cualquiera de los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said, y doña Catalina Álvarez Said, quienes actuando en la forma señalada podrán representar a la sociedad con las mismas facultades que la Administradora. Para efectos de acreditar el fallecimiento o impedimento ante terceros, cuatro cualquiera de los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said y doña Catalina Álvarez Said deberán otorgar una escritura pública en que deberán declarar la ocurrencia de las circunstancias anteriores y deberán insertar, según sea el caso, el respectivo certificado de defunción o, un certificado emitido por un médico especialista que constate el respectivo impedimento físico o mental. De dicha escritura se deberá tomar debida nota al margen de la inscripción social. Por su parte, en el caso que la Administradora decida renunciar a su cargo, deberá manifestarlo de manera expresa por escritura pública, de la cual también deberá tomarse debida nota al margen de la inscripción social. En todos los casos antes señalados, los señores don Juan Antonio Álvarez Said, don Pablo Álvarez Said, don Pedro Álvarez Said, doña María José Álvarez Said, don Felipe Álvarez Said y doña Catalina Álvarez Said, podrán ejercer las funciones como administradores solo una vez que se hubiere efectuado la correspondiente anotación marginal. (e) Capital: $7.166.366.820, que los socios aportan de la siguiente forma: /a/ doña Constanza Ignacia Said Somavía aportó y pagó la suma de $7.166.367, equivalentes al 0,1% del capital y derechos sociales; /b/don Juan Antonio Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales; c) don Pablo Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales; d) don Pedro Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales; /e/ doña María José Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales; /f/ don Felipe Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales; y /g/ doña Catalina Álvarez Said aportó y pagó el capital mediante el aporte en dominio de 249.207 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $1.193.200.076, equivalentes al 16,65% del capital y derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. (vi) Duración: La sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2050. Vencido este plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se toma nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 30 de septiembre de 2024.