Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 11930-2024
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Las actividades de Corretaje de seguros e intermediación remunerada de este tipo de contratos entre asegurados y aseguradoras ya sean contratos de seguros generales o de vida, ofreciendo y promoviendo la celebración de contratos de seguros u obtener su renovación; la prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias de seguros, así como el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, abogado, notario público titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2024, Repertorio N° 11.930-2024, ante mí, don Eduardo Sergio Tellería, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre de la Sociedad: ETC Corredores de Seguros SpA. Objeto: Las actividades de Corretaje de seguros e intermediación remunerada de este tipo de contratos entre asegurados y aseguradoras ya sean contratos de seguros generales o de vida, ofreciendo y promoviendo la celebración de contratos de seguros u obtener su renovación; la prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias de seguros, así como el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. Capital Social: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.-, representado por 1000 acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2024.