CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

El Pilar Inmobiliaria SpA

RUT 77887156-4 CVE 2552322
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2024
Repertorio
11456-2024
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
EL PILAR SpA socio 77887156-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular 36ª Notaría de Santiago, domiciliado en La Concepción 65, piso 2, Providencia Santiago certifico: Por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2024, repertorio N° 11.456-2024, ante mí, la sociedad EL PILAR SpA, Rol Único Tributario 77.887.156-4, representada legalmente por don ALEJANDRO JOSÉ PINTO VILLALBA, cédula nacional de identidad número 12.882.580-0 y por doña PAULINA DEL PILAR PINTO VILLALBA, cédula nacional de identidad número 11.262.476-7, todos domiciliados para estos efectos en Pastor Fernández N° 19.900, Lo Barnechea, ciudad de Santiago; constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: “El Pilar Inmobiliaria SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del territorio nacional y en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes inmuebles, muebles o valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros y derechos en sociedades de cualquier tipo incluidas las de personas, la administración y explotación de sus inversiones y de todo lo que éstas produzcan. Se comprenderá la inversión y compra y venta de valores, títulos de crédito, efectos de comercio y divisas. Dentro del objeto social podrá comprar, vender, arrendar y celebrar toda clase de actos jurídicos sobre bienes muebles e inmuebles, documentos mercantiles e instrumentos financieros, propios o ajenos; b) Todos los demás negocios que los socios acuerden, pudiendo incluso formar parte o tomar participación en otras sociedades o asociaciones que ya existan o que ella entre a constituir. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000.- de pesos chilenos, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y que se pagará en el plazo descrito en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, 27 de septiembre de 2024.