SOCIEDAD RUKANTU SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 10707-24
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de las comunas de Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD RUKANTU SPA | socio | 88321700-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, piso 1, comuna y ciudad de Temuco, certifica que: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 27 de Septiembre del año 2024, anotada bajo el repertorio N°10.707-24, compareció doña GRECIA SOLEDAD CURIQUEO ORTEGA, domiciliada en Jardín de la Frontera N° 8, Temuco; señala que por escritura pública de fecha 25 de enero de 2017, suscrita ante Notario de Temuco Carlos Alarcón Ramírez, repertorio N° 493-2017, don ANER CURIQUE RAIPAN, reunió el cien por ciento de las acciones y derechos sociales, y al fin de no extinguir la sociedad de responsabilidad limitada, esta fue modificada y transformada en la SOCIEDAD RUKANTU SPA, RUT 88.321.700-4, publicada el Diario Oficial en su edición N° 41.680 de fecha 9 de febrero de 2017 y rola inscrito a foja 9 número 7 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli del año 2017. Posteriormente, debido al fallecimiento del único socio ANER CURIQUEO RAIPAN, la SOCIEDAD RUKANTU SPA , RUT 88.321.700-4, fue modificada por escritura pública de fecha 6 de marzo del año 2023, otorgada en esta notaría de doña Esmirna Vidal Moraga, donde doña GRECIA SOLEDAD CURIQUEO ORTEGA en calidad de única heredera de don ANER CURIQUEO RAIPAN, asume la administración y representación legal de la sociedad, el capital social es de 3 millones de pesos dividido en 10 acciones de 300 mil pesos cada una; el extracto fue publicado en el número 1 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Collipulli del año 2023.-. Además, expone el compareciente que viene en sanear según la Ley Nº 19.499, la escritura social antes singularizada, por no haberse inscrito dentro del plazo exigido por la ley. Se faculta, al portador de copia autorizada de esta escritura, para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones, y rectificaciones que procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. - DOY FE. - Temuco, 27 de Septiembre del año 2024.