MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SIMBIOSIS LIMITADA

RUT 76427767-8 CVE 2551848
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2024

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2024
Repertorio
3106
Notario
FRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ
Domicilio
con oficio en calle Arlegui número 333

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO FUENZALIDA RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Arlegui número 333, local 111 de la comuna de Viña del Mar certifico que por escritura pública de fecha 26 de septiembre de 2024, repertorio 3106 ante mí, CATHERINE ANN PRAIN BRICE, RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG, CATALINA IGNACIA BASCUÑÁN PRAIN y JAVIERA ISIDORA BASCUÑÁN PRAIN, todos Parcela La Verbena C, La Cruz, de paso en ésta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada "AGRÍCOLA SIMBIOSIS LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 18 diciembre 2014, otorgada ante doña María Victoria Lucares Robledo, Notario Público de Viña del Mar, por CATHERINE ANN PRAIN BRICE y RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG, con un capital de $1.000.000.-, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 24 diciembre 2014 e inscrito a fojas 2.341 número 2.338 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al mismo año. Dicha sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 16 agosto 2022, otorgada ante esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 3 septiembre 2022 e inscrito a fojas 1.379 número 909 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al mismo año, la que fue, luego, rectificada mediante escritura pública de fecha 21 diciembre 2023, otorgada ante esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 29 diciembre 2023 e inscrito a fojas 6 vuelta número 6 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente a 2024; mediante la escritura que se extracta, los comparecientes resciliaron la modificación antes individualizada (privando, en consecuencia, de efectos a la escritura que la rectifica y que a ella accede), para el solo efecto de repactar la modificación de "AGRÍCOLA SIMBIOSIS LIMITADA”, en la siguiente forma y condiciones. CATHERINE ANN PRAIN BRICE conserva un treinta por ciento y vende, cede y transfiere un veinte por ciento del total de los derechos sociales a CATALINA IGNACIA BASCUÑÁN PRAIN, quien los compra, acepta y adquiere para sí; y RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG conserva un treinta por ciento y vende, cede y transfiere un veinte por ciento del total de los derechos sociales a JAVIERA ISIDORA BASCUÑÁN PRAIN, quien los compra, acepta y adquiere para sí; por lo expuesto, quedan como únicos socios de la sociedad “AGRÍCOLA SIMBIOSIS LIMITADA”, CATHERINE ANN PRAIN BRICE, con un treinta por ciento de los derechos sociales, RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG, con un treinta por ciento de los derechos sociales, CATALINA IGNACIA BASCUÑÁN PRAIN, con un veinte por ciento de los derechos sociales y JAVIERA ISIDORA BASCUÑÁN PRAIN, con un veinte por ciento de los derechos sociales. MODIFICACIONES: Socios modifican los Estatutos Sociales en los siguientes términos: Se sustituye íntegramente la cláusula sexta por la siguiente: “SEXTO. El capital social es la suma de catorce millones ciento quince mil ciento cuarenta y dos pesos, que los socios han aportado e ingresado a la caja social de la siguiente forma: Uno) Doña CATHERINE ANN PRAIN BRICE ha aportado y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de cuatro millones doscientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres pesos, esto es, un treinta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; Dos) Don RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG ha aportado y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de cuatro millones doscientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres pesos, esto es, un treinta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; Tres) Doña CATALINA IGNACIA BASCUÑÁN PRAIN ha aportado y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de dos millones ochocientos veintitrés mil veintiocho pesos, esto es, un veinte por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; y Cuatro) Doña JAVIERA ISIDORA BASCUÑÁN PRAIN ha aportado y pagado, con anterioridad a esta fecha, la cantidad de dos millones ochocientos veintitrés mil veintiocho pesos, esto es, un veinte por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía”. Socios ratifican que la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía continuarán a cargo de los socios doña CATHERINE ANN PRAIN BRICE y don RODRIGO CARLOS BASCUÑÁN HAAG, quienes, actuando por la sociedad en forma conjunta o separada según mejor estimaren y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, en la forma y condiciones pactadas en la redacción original de la cláusula quinta contenida en el pacto social.. En lo no modificado, rige pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización.- VIÑA DEL MAR, 30 de septiembre de 2024.