Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 57681-2024
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero: A) Cultivo y producción de cultivos hidropónicos, su venta, comercialización, distribución y transporte. B) La elaboración, diseño, producción y comercialización de máquinas e innovaciones acuícolas y agrícolas. C) La compraventa, importación y comercialización de fertilizantes, insumos y productos relacionados a la producción de toda clase de cultivos. D) La explotación agrícola, rural o urbana, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos o urbanos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden D) La compra, venta y comercialización de, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. y E) La prestación de todo tipo de servicios relacionados con los objetos de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara Nº 107, comuna de las Condes, Región Metropolitana, Certifica: Que por escritura pública de fecha 13 de septiembre de 2024, Repertorio Nº 57.681-2024, ante mi Suplente RODRIGO PINARES ALVARADO, don Jaime Felipe Apparcel Carrillo constituyó una Sociedad por Acciones, en conformidad al Título VII, Libro II, Código de Comercio. NOMBRE: de la Sociedad y su razón social será “Acqua Garden SpA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de " Acqua Garden ”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero: A) Cultivo y producción de cultivos hidropónicos, su venta, comercialización, distribución y transporte. B) La elaboración, diseño, producción y comercialización de máquinas e innovaciones acuícolas y agrícolas. C) La compraventa, importación y comercialización de fertilizantes, insumos y productos relacionados a la producción de toda clase de cultivos. D) La explotación agrícola, rural o urbana, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos o urbanos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden D) La compra, venta y comercialización de, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. y E) La prestación de todo tipo de servicios relacionados con los objetos de la sociedad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón de pesos chilenos, dividido en mil acciones de una misma serie, todas nominativas sin valor nominal, y todas de una misma y única serie, el cual queda íntegramente suscrito y pagado por las cantidades que se indican, por: RODRIGO IÑAKI IRIBARREN, ya individualizado, quien suscribe mil acciones, por las que paga la suma de un millón de pesos, esto es, mil pesos chilenos por acción, suma que es enterada íntegramente y en efectivo en la caja social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales y funciones pueda establecer otros puntos del país. DURACIÓN: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2024.