MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES EL NATRE LIMITADA

RUT 76825312-9 CVE 2551320
Capital
$10.158.166 CLP
Fecha instrumento
20 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de agosto de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.158.166 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, Avenida La Dehesa número 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20/08/2024, ante mi Suplente Rose Marie Muñoz Alvarez, don Roberto Baraona Undurraga, doña Marcia Baraona Fouillioux, doña María Esperanza Baraona Fouillioux, don Roberto Baraona Fouillioux, don Manuel José Baraona Fouillioux, domiciliados para estos efectos en Av. Los Litres N°1.200, casa 30, Condominio El Divisadero, Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña María Francisca Baraona Undurraga, don Alejandro Ibáñez Baraona, don Carlos José Ibáñez Baraona, doña Francisca Ibáñez Baraona y don José Ibáñez Baraona, domiciliados para estos efectos en Paseo del Águila, N°5.006, Lote 40, Santuario del Valle, Lo Barnechea, Región Metropolitana celebraron escritura “DA CUENTA DE HECHOS QUE INDICA Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES “SOCIEDAD DE INVERSIONES EL NATRE LIMITADA”, sociedad inscrita a fj. 80.549, N°34.740 del Reg. Com. CBRS 2023. Los comparecientes dejan constancia de los siguientes hechos: DONACIONES: (A) Insinuación. Por sentencia de fecha 25/03/2024 del 3° J.D.L de Santiago, dictada en autos Rol N°V-319-2023, caratulados “BARAONA”, se autorizó a don Roberto Baraona Undurraga, para donar a su hija doña Marcia, María Esperanza, Roberto y Manuel José, todos Baraona Fouillioux, el 12,25% a cada uno, de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “Sociedad de Inversiones El Natre Limitada”; (B) Insinuación. Por sentencia de fecha 31/05/2024 del 6° J.D.L de Santiago, dictada en autos Rol N°V-321-2023, caratulados “BARAONA”, se autorizó a doña María Francisca Baraona Undurraga para donar a sus hijos don Alejandro, Carlos José, Francisca, y José, todos Ibáñez Baraona, el 12,25% a cada uno, de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “Sociedad de Inversiones El Natre Limitada”. (C) Contrato de donación. Por escritura pública otorgada con 22/05/2024 otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, don Roberto Baraona Undurraga, doña Marcia, doña María Esperanza, don Roberto, y don Manuel José, todos Baraona Fouillioux, celebraron un contrato de donación. En virtud de dicho contrato, don Roberto Baraona Undurraga donó irrevocablemente a cada uno de los señores doña Marcia, doña María Esperanza, don Roberto, y don Manuel José, todos Baraona Fouillioux, quienes a su vez aceptaron, un 49% de los derechos sociales de su propiedad en la Sociedad, esto es, un 12,25% a cada uno. (D) Contrato de donación. Por escritura pública otorgada con fecha 02/08/2024 otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, doña María Francisca Baraona Undurraga, don Alejandro, don Carlos José, doña Francisca, y don José, todos Ibáñez Baraona, celebraron un contrato de donación. En virtud de dicho contrato, doña María Francisca Baraona Undurraga donó irrevocablemente a cada uno de los señores don Alejandro, don Carlos José, doña Francisca, y don José, todos Ibáñez Baraona, quienes a su vez aceptaron, un 49% de los derechos sociales de su propiedad en la Sociedad, esto es, un 12,25% a cada uno. (E) Consentimiento. Se deja expresa constancia que las donaciones referidas se efectuaron con el consentimiento de todos los socios de la Sociedad, de conformidad a lo indicado en el numeral tercero del artículo 404 del Código de Comercio. NUEVA COMPOSICIÓN SOCIETARIA. En razón de las donaciones referidas en las cláusulas precedentes, las actuales participaciones sociales en la Sociedad son: /uno/ don ROBERTO BARAONA UNDURRAGA, con el 1% de los derechos y capital social de la Sociedad; /dos/ doña MARÍA FRANCISCA BARAONA UNDURRAGA, con el 1% de los derechos y capital social de la Sociedad; /tres/ doña MARCIA BARAONA FOUILLIOUX, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /cuatro/ doña MARÍA ESPERANZA BARAONA FOUILLIOUX, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /cinco/ don ROBERTO BARAONA FOUILLIOUX, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /seis/ don MANUEL JOSÉ BARAONA FOUILLIOUX, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /siete/ don ALEJANDRO IBÁÑEZ BARAONA, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /ocho/ don CARLOS JOSÉ IBÁÑEZ BARAONA, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; ueve/ doña FRANCISCA IBÁÑEZ BARAONA, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad; /diez/ don JOSÉ IBÁÑEZ BARAONA, con el 12,25% de los derechos y capital social de la Sociedad. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Como consecuencia de las donaciones antes señaladas, los comparecientes, en su calidad de únicos socios de “SOCIEDAD DE INVERSIONES EL NATRE LIMITADA”, acuerdan modificar los estatutos sociales y sustituir el artículo cuarto del pacto social relativo al capital de la sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.158.166.-, que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Uno) doña María Francisca Baraona Undurraga aporta la suma de $101.583.-, equivalentes al 1% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Dos) don Roberto Baraona Undurraga aporta la suma de $101.583.-, equivalentes al 1% del capital y derechos sociales; Tres) doña Marcia Baraona Fouillioux aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Cuatro) doña María Esperanza Baraona Fouillioux aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Cinco) don Roberto Baraona Fouillioux aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Seis) don Manuel José Baraona Fouillioux aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Siete) don Alejandro Ibáñez Baraona aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Ocho) don Carlos José Ibáñez Baraona aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Nueve) doña Francisca Ibáñez Baraona aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto; Diez) don José Ibáñez Baraona aporta la suma de $1.244.375.-, equivalentes al 12,25% del capital y derechos sociales, pagados íntegramente con anterioridad a este acto. Se deja constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2024. P. Corominas M. Notario Público.