Servicios de Ingeniería Térmica SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 11246/2024
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad del Giro de su denominación | socio | 77509879-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita 20, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Septiembre de 2024, Repertorio N°11246/2024, ante Titular, se redujo a escritura pública acta de sesión de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “SERVICIOS DE INGENIERÍA TÉRMICA SpA”. Sociedad del Giro de su denominación, Rol Único Tributario N°77.509.879-1 Santa Rosa N° 4.745, San Joaquín. Asistieron los accionistas Marlon Jesús Pérez Loarte, peruano C.I. N° 26.631.555-9, Cuarta Avenida N° 1.170, Depto. 306, San Miguel, y Jhunior Staling Velázquez Loarte, peruano, C.I. N°21.301.072-7, Cleopatra N° 10.455, Bloque 18, Depto. N°35, La Florida, quien presidió. Presentes en el acto la totalidad de las 2.000 acciones en que se encuentra dividido el Capital de dos millones de pesos, de la referida sociedad y que tienen derecho a voto. Convocada con la finalidad de adoptar los siguientes acuerdos: Primero: Se modifica el Artículo Duodécimo del Título Tercero, De la Administración, acerca de los poderes que le fueron conferidos a don Jhunior Staling Velázquez Loarte, para lo cual se resuelve: a) Revocar y dejar sin efecto a partir de esta fecha la calidad de Gerente General, Administrador y Representante Legal de la Sociedad de don Jhunior Staling Velázquez Loarte; b) Se acuerda que la Gerencia General, Administración y Representación legal de la Sociedad, radica a partir de esta fecha en los accionistas Jhunior Staling Velázquez Loarte y don Marlon Jesús Pérez Loarte, en su calidad de únicos y actuales accionistas, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada, indistintamente, con la salvedad, que para la celebración de actos y contratos que signifiquen contratación de obligaciones de créditos y enajenaciones de bienes sociales, fuera de la administración del objeto social, deberán concurrir en forma conjunta. nombramiento que será válido mientras no sea revocado por la Junta ordinaria o extraordinaria de Accionistas.- Segundo: Se complementa el Artículo quinto del Título Segundo, Capital y Acciones del pacto constitutivo, en el sentido de declarar que el capital de las sociedad se encuentra suscrito, pagado e ingresado en caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de Septiembre de 2024.- JORGE LOBOS DIAZ.- Notario Suplente.- SLN.