MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES PERLA ORIENTAL LIMITADA

RUT 76285147-4 CVE 2550038
Fecha instrumento
9 de agosto de 2024
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2024
Notario
MIGUEL CHACON ZEBALLOS
Oficio
3ª Notaria de Rancagua
Comuna
Rancagua

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público Interino de la 3ª Notaria de Rancagua, domicilio Calle Campos Nº 377, certifico por escritura pública de fecha 09 de agosto de 2024, ante mí, se modifica sociedad: “SOCIEDAD DE INVERSIONES PERLA ORIENTAL LIMITADA” o “INVERSIONES PERLA ORIENTAL LTDA.”, R.U.T. N° 76.285.147-4, inscrita a fojas 972 vuelta N° 757 en Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Rancagua año 2013, en términos siguientes: socia JIANFANG RUAN, chilena, casada en régimen de separación de bienes, factor de comercio, cédula de identidad Nº 21.147.146-8, calle 6 Oriente Nº 59, El Polo, Machalí, vende, cede y transfiere 40% de los derechos sociales a HAIQIN HUANG, chileno, casado, empleado, cédula de identidad N° 14.762.341-0, de su mismo domicilio, en la suma total de $3.000.000.- pagados al contado, a entera satisfacción de la cedente. Asimismo, vende, cede y transfiere 10% de los derechos sociales a QIANYI HUANG, china, soltera, ingeniera comercial, cédula para extranjeros N° 21.147.075-5, Av. Vicuña Mackenna Nº 4927, depto. 805-A, La Florida, y el 10% de los derechos sociales a QIANWEN HUANG, china, soltera, arquitecto, cédula para extranjeros N° 21.147.117-4, del mismo domicilio, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí en la suma total de $2.000.000.- pagados al contado, por partes iguales, a entera satisfacción de la cedente. Autoriza cesión y modificación social, en lo pertinente, socio HAIQIN HUANG. A partir de modificación, únicos socios: JIANFANG RUAN con el 40% de los derechos sociales, HAIQIN HUANG con el 40%, QIANYI HUANG con el 10% y QIANWEN HUANG con el 10% restante. Administración de la sociedad, uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma, separada o conjuntamente por cualquiera de los actuales socios. Demás estipulaciones en la escritura extractada, quedando todo lo demás plenamente vigente conforme al social pacto primitivo. Rancagua, 13 de agosto de 2024.-