MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PETROLEROS Y GENERALES MAG LIMITADA

RUT 76538592-K CVE 2550051
Capital
$8.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2024
Notaría
Punta Arenas

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2024
Repertorio
1819-24
Notario
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES
Oficio
Segunda Notaría de Punta Arenas
Comuna
Punta Arenas

Sociedad

Capital
$8.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Punta Arenas, con oficio en Calle Presidente Federico Errazuriz N° 877, Punta Arenas, Certifica: Que, por Escritura Pública del 09 de agosto de 2024, Repertorio 1819-24, ante mí, don JUAN EDUARDO GALLARDO CHIGUAY, domiciliado en calle Armando Sanhueza número 936, de la comuna y ciudad de Punta Arenas; Don MAXIMILIANO JAVIER ACUÑA GLEADELL, domiciliado en calle Armando Sanhueza número 936, de la comuna y ciudad de Punta Arenas; Don MARCOS ANTONIO MULLER VARGAS, domiciliado en Armando Sanhueza número 936, de la comuna y ciudad de Punta Arenas; Don NELSON OMAR BARRIA MIRANDA, domiciliado en camino Al Santuario número 0197, de la comuna y ciudad de Punta Arenas, modificaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada SERVICIOS PETROLEROS Y GENERALES MAG LIMITADA, así: 1) Cesión de derechos sociales: Por la referida escritura de modificación el socio don JUAN EDUARDO GALLARDO CHIGUAY, vende, cede y transfiere a don MARCOS ANTONIO MULLER VARGAS, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de los derechos sociales. La presente cesión comprende la cuota en el capital social, en los fondos de revalorización y en las utilidades no retiradas, y en cualquiera otra cuenta del activo social, así como la cuota que corresponde al cedente en el pasivo de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de dos millones de pesos, que don MARCOS ANTONIO MULLER VARGAS, pago con anterioridad a la suscripción de este contrato; Del mismo modo, por la referida escritura de modificación social, el socio don MAXIMILIANO JAVIER ACUÑA GLEADELL, vende, cede y transfiere a don NELSON OMAR BARRIA MIRANDA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de los derechos sociales. La presente cesión comprende la cuota en el capital social, en los fondos de revalorización y en las utilidades no retiradas, y en cualquiera otra cuenta del activo social, así como la cuota que corresponde al cedente en el pasivo de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de dos millones de pesos, que don NELSON OMAR BARRIA MIRANDA, pago con anterioridad a la suscripción de este contrato; Producto de esta cesión, y a partir de la suscripción de dicha escritura de modificación social la sociedad SERVICIOS PETROLEROS Y GENERALES MAG LIMITADA, quedan como único socios don MARCOS ANTONIO MULLER VARGAS y don NELSON OMAR BARRIA MIRANDA, cada uno con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. Las anteriores son las únicas modificaciones que se realizaron, señalando en definitiva que las presentes modificaciones se entienden formar parte de la escritura constitutiva y estar en concordancia conforme al derecho societario establecido en dicho pacto social, constituyendo uno solo; capital social total $8.000.0000; duración de la sociedad indefinida. Giro de su denominación. Demás modificaciones en escritura extractada. En Punta Arenas, a 23 septiembre de 2024.