JEMIMA LARA, E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2024
- Notario
- PAOLA JACQUELINE BAEZA NAVARRO
- Oficio
- Tercera Notaria de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA JACQUELINE BAEZA NAVARRO, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Valparaíso, Cochrane N° 815, certifica: Por escritura hoy ante mí, doña JEMIMA EDITH LARA FLORES, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario número diecinueve millones, ciento cincuenta y dos, ciento cincuenta y nueve guion cinco, contando a la fecha de este acto con la edad de veintiocho años, domiciliada en calle Alemparte número quinientos cincuenta y cinco, comuna de Quilpué, región de Valparaíso, de paso en ésta, en adelante, indistintamente, “la titular” o “la constituyente”; mayor de edad, quien acreditó su identidad con la cédula anotada y expone. Que por este acto viene a constituir la empresa “JEMIMA LARA, E.I.R.L.” pudiendo también actuar y ser conocida bajo el nombre de fantasía “LANCORP, E.I.R.L.” cuyo GIRO u objeto consistirá en efectuar toda clase de importaciones y exportaciones a nivel nacional e internacional, al por mayor y al por menor, de diversas especies y productos consumibles de rubro preferentemente gastronómico, especialmente en lo referido a productos marinos nacionales tales como pescados, mariscos, langostas, etcétera, no siendo en ningún caso dicha enunciación taxativa, así como también productos agrícolas nacionales referido a diversas tipo de frutas y verduras. Así también como la compra, venta, distribución, importación, exportación, representación y comercialización al por mayor y menor de especies de similar naturaleza a las referidas precedentemente. De la misma forma la empresa se encuentra facultada para invertir los fondos sociales en la adquisición, compra, venta y arrendamiento de toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces, muebles, valores y derechos en sociedades y a obtener los beneficios y rentas de dichos bienes, ya sea que estas actividades se realicen directamente o a través de sociedades que para dicho efecto se creen o en que participe. Por último, se contempla la realización de cualquier actividad similar, que a juicio del titular o administrador, se considere conveniente para los intereses de la empresa. Para estos efectos la empresa podrá ejecutar y celebrar todos los actos y todos los contratos que las leyes permitan y que, directa o indirectamente, tiendan a conseguir el objeto señalado. La empresa contará con un CAPITAL que asciende a la suma de un millón pesos, suma que se aporta por la constituyente en este acto, transfiriéndola en dinero efectivo y al contado. El DOMICILIO de la empresa será la ciudad de Quilpué, dirección calle Alemparte número quinientos cincuenta y cinco, región de Valparaíso, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Sobre la DURACIÓN, esta empresa comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de tres años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita, automática e indefinidamente prorrogado, en idénticas condiciones y períodos, de no mediar manifestación expresa del titular de su intención de poner término a esta empresa, manifestación que deberá realizarse por escritura pública, publicarse en el Diario Oficial e inscribirse en el Registro de Comercio del domicilio de la empresa, con una anticipación no inferior a tres meses al vencimiento del respectivo período. Valparaíso, 25 de Septiembre de 2024.