INVERSIONES PACIFIC GROUP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2024
- Comuna
- Santiago con
Sociedad
- Domicilio
- comuna y ciudad de Santiago
- Duración
- desde la fecha del presente instrumento hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cuatro años cada uno, salvo que alguno de los socios con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento que corresponda, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción social; d)
Objeto social
Uno) La explotación agrícola y ganadera de predio rústicos; Dos) Efectuar las labores de limpieza, selección y embalaje y demás que sean previas a éste, que efectúe directamente la sociedad de los productos provenientes de la explotación de la actividad agrícola y ganadera antes referida; Tres) La liquidación y venta directa de los productos provenientes de la citada actividad agrícola y ganadera; Cuatro) La realización de cualquier actividad relacionada con las anteriores y que los socios acuerden; y Cinco) En general, cualquier otra actividad conexa o conducente que los socios acuerden para el cumplimiento del objeto social; e)
Administración
El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Jaime Humberto Díaz Jaramillo, quien actuando personalmente o a través de uno o más mandatarios designados por escritura pública, representarán a la sociedad, con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean y que se relacionen directa o indirectamente con el contrato social; f)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA ANDREA ORTEGA ZAMORA, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO; Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifico: por escritura pública otorgada el 30 de agosto de 2024, ante la suplente doña ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Jaime Humberto Díaz Jaramillo por sí y en representación de los señores Marcela Alejandra Díaz González, Jaime Eduardo Díaz González y Alejandro Javier Díaz González, todos en su calidad de únicos socios de INVERSIONES PACIFIC GROUP LIMITADA (la “Sociedad”) y domiciliados en Avenida Galvarino N°7641, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, modificaron la Sociedad, constituida por escritura pública de 26 de marzo de 2010 en la Notaría de Santiago de Raúl Undurraga Laso e inscrita a fojas 16.968 N°11.547 del Registro de Comercio de Santiago de 2010, en los siguientes términos: 1) Acordaron dividir la Sociedad creando al efecto una nueva sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA MALLIN DEL NEGRO LIMITADA”; 2) Con motivo de la división de INVERSIONES PACIFIC GROUP LIMITADA, acordaron la disminución de su capital social de 10.327.868.- a 7.337.232.-; 3) Como consecuencia de la disminución de capital de la Sociedad sus socios acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de siete millones trescientos treinta y siete mil doscientos treinta y dos pesos, que ha sido íntegramente aportado y pagado por los socios Jaime Humberto Díaz Jaramillo, Marcela Alejandra Díaz González, Jaime Eduardo Díaz González y Alejandro Javier Díaz González en la siguiente proporción: /a/ Jaime Humberto Díaz Jaramillo aportó, enteró y pagó el uno coma uno uno cinco dos por ciento del capital, equivalente a ochenta y un mil ochocientos veinticinco pesos; y /b/ Marcela Alejandra Díaz González, Jaime Eduardo Díaz González y Alejandro Javier Díaz González aportaron, enteraron y pagaron, cada uno, el treinta y dos coma nueve seis uno seis por ciento del capital, equivalente a dos millones cuatrocientos dieciocho mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos”; 4) Producto de la división se acordaron los estatutos de “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA MALLIN DEL NEGRO LIMITADA”, cuyo texto extractado es el siguiente: Jaime Humberto Díaz Jaramillo por sí y en representación de los señores Marcela Alejandra Díaz González, Jaime Eduardo Díaz González y Alejandro Javier Díaz González, todos domiciliados en Avenida Galvarino N°7641, Quilicura, Región Metropolitana, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada con los siguientes estatutos: a) Nombre: “SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA MALLIN DEL NEGRO LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales o bancarios la abreviatura “MAILLIN DEL NEGRO LTDA.”; b) Domicilio: comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero; c) Duración: desde la fecha del presente instrumento hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiocho, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cuatro años cada uno, salvo que alguno de los socios con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento que corresponda, manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción social; d) Objeto: Uno) La explotación agrícola y ganadera de predio rústicos; Dos) Efectuar las labores de limpieza, selección y embalaje y demás que sean previas a éste, que efectúe directamente la sociedad de los productos provenientes de la explotación de la actividad agrícola y ganadera antes referida; Tres) La liquidación y venta directa de los productos provenientes de la citada actividad agrícola y ganadera; Cuatro) La realización de cualquier actividad relacionada con las anteriores y que los socios acuerden; y Cinco) En general, cualquier otra actividad conexa o conducente que los socios acuerden para el cumplimiento del objeto social; e) Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Jaime Humberto Díaz Jaramillo, quien actuando personalmente o a través de uno o más mandatarios designados por escritura pública, representarán a la sociedad, con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar todos los actos, contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean y que se relacionen directa o indirectamente con el contrato social; f) Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones novecientos noventa mil seiscientos treinta y seis pesos que los socios enteran y pagan, en este acto, en las siguientes proporciones: /a/ Jaime Humberto Díaz Jaramillo aportó, enteró y pagó el uno coma uno uno cinco dos por ciento del capital, equivalente a treinta y tres mil trescientos cincuenta y tres pesos; y /b/ Marcela Alejandra Díaz González, Jaime Eduardo Díaz González y Alejandro Javier Díaz González aportaron, enteraron y pagaron, cada uno, el treinta y dos coma nueve seis uno seis por ciento del capital, equivalente a novecientos ochenta y cinco mil setecientos sesenta y un pesos. Todos los montos se encuentran ya ingresados a caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de septiembre de 2024, Valeria Andrea Ortega Zamora, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea.