VERCALI ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de septiembre de 2024
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La sociedad tiene una duración de 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno, según se indica en la escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña CAMILA STEPHANIE ALIAGA GODOY, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2024, ante mí, doña CAMILA STEPHANIE ALIAGA GODOY, domiciliada para estos efectos en calle Lago Peñuelas N° 4.236, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, y, don CLAUDIO ANDRÉS VERGARA SANHUEZA, domiciliado para estos efectos en Camino El Volcán N° 6.885, San José de Maipo, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “VERCALI ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de “VERCALI PROPIEDADES LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, inversiones financieras, participación en todo tipo de proyectos de inversión o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición o enajenación, loteo, subdivisión, urbanización, construcción, remodelación y corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, bienes raíces, ya sean urbanos, rústicos o bienes muebles, como asimismo la explotación, administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena, y en general la realización de todo tipo de proyectos inmobiliarios y de construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) doña CAMILA STEPHANIE ALIAGA GODOY, aporta la suma de $500.000, equivalentes al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se enteran en este acto; y, B) doña CLAUDIO ANDRÉS VERGARA SANHUEZA, aporta la suma de $500.000, equivalentes al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales, los cuales se enteran en este acto. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña CAMILA STEPHANIE ALIAGA GODOY, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos. Duración: La sociedad tiene una duración de 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por periodos de 5 años cada uno, según se indica en la escritura extractada. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre de 2024.