TRANSPORTES SUPERTRANS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2024
- Repertorio
- 3261
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- con oficio en esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de septiembre de 2024, repertorio N° 3261, ante mí, doña HELGA VERÓNICA MUÑOZ GOLDSTEIN, profesora, casada en régimen de separación total de bienes con don César Rodrigo Henríquez Parra, cédula nacional de identidad número siete millones seiscientos treinta y un mil quinientos cuarenta guion k, don CÉSAR RODRIGO HENRÍQUEZ PARRA, profesor, casado en régimen de separación total de bienes con Helga Verónica Muñoz Goldstein, cédula nacional de identidad número siete millones seiscientos cuarenta y nueve mil trescientos veintisiete guion ocho, doña HELGA CAMILA HENRÍQUEZ MUÑOZ, nutricionista, soltera, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis guion ocho, y don JORGE ALBERTO HENRÍQUEZ MUÑOZ, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos ochenta y tres mil ochocientos noventa y uno guion uno, casado y separado totalmente de bienes con doña Fernanda Jofré Seguel, todos domiciliados en San Pedro de la Paz, camino a Coronel, kilómetro diez, Bodega Dieciséis B, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES SUPERTRANS LIMITADA constituida por escritura pública de 27 de septiembre de 2014, ante el notario de Concepción don Carlos Miranda Jiménez e inscrita a fojas 2337 vuelta número 2047 del año 2014 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, quedando de la siguiente forma: Los socios de forma unánime, acordaron modificar la cláusula Segunda de la escritura de constitución mencionada, agregando como objeto de la sociedad, la venta al por menor de combustibles para vehículos automotores en comercios especializados. La presente modificación comienza a regir desde la fecha de otorgamiento de la escritura pública. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 13 de septiembre de 2024.