TRANSPORTES KAPAZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será el transporte de toda clase de bienes muebles, mercaderías e insumos, cualquiera sea su naturaleza o especie, en vehículos propios, o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; como también todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes, mercaderías e insumos, y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Todo, tanto en el ámbito nacional como internacional, ya sea directamente o a través de terceros; La importación, compraventa, y arriendo de maquinaria industrial y agrícola; el arriendo de vehículos sean propios, o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; así como cualquier otro negocio que acordaren los socios”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público, Décima Notaría Santiago, Agustinas 1287, certifica: Que por escritura pública de fecha 04 de septiembre de 2024, ante mí: Don ALFONSO HÉCTOR CÁRDENAS ÁLVAREZ, Chileno, divorciado, factor de comercio, cédula de identidad número nueve millones novecientos veintidós mil setecientos veintitrés guión cero, domiciliado en pasaje la Pileta número mil trescientos treinta y ocho, Comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, y de paso en ésta; modificó Sociedad por Acciones. Por escritura pública de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, suscrita en la Notaría de Santiago de doña María Isabel Santos Muñoz, bajo el repertorio número dieciséis mil ciento noventa y tres guion dos mil diecinueve, se constituyó la sociedad por acciones TRANSPORTES KAPAZ SpA, o TRANSPORTES KAPAZ o KAPAZ SpA, rol único tributario número setenta y siete millones ciento un mil novecientos cuatro guion ocho, la que en extracto se inscribió a fojas noventa y seis mil trescientos cuarenta y tres, bajo el número cuarenta y siete mil doscientos noventa y siete, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil diecinueve, debidamente publicada en el Diario Oficial, posteriormente, fue saneada por escritura pública de fecha diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fojas veintiséis mil veintinueve, bajo el número doce mil cincuenta y ocho, del año dos mil veintiuno, la que se encuentra inscrita como nota marginal, y debidamente publicada en el Diario Oficial, siendo posteriormente, modificada, por escritura pública de fecha catorce de abril de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y un mil setecientos cuarenta y dos, bajo el número catorce mil seiscientos veinte, del año dos mil veintiuno, y que se encuentra debidamente publicada en el Diario Oficial. Se modifica lo relativo al designar un nuevo objeto social, reemplazándose íntegramente el artículo cuarto de la escritura de constitución de marras, según se pasa a expresar en lo sucesivo “ARTÍCULO CUARTO: Objeto Social: El objeto de la sociedad será el transporte de toda clase de bienes muebles, mercaderías e insumos, cualquiera sea su naturaleza o especie, en vehículos propios, o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; como también todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes, mercaderías e insumos, y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Todo, tanto en el ámbito nacional como internacional, ya sea directamente o a través de terceros; La importación, compraventa, y arriendo de maquinaria industrial y agrícola; el arriendo de vehículos sean propios, o de terceros, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; así como cualquier otro negocio que acordaren los socios”.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 24 de septiembre de 2024.