PEDRO CHACANA TORO MINERALS E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2024
- Notario
- ALEJANDRO GÓMEZ CORTÉS
- Oficio
- Primera Notaría de la ciudad y comuna de La Ligua
Sociedad
- Capital
- $32.000.000 CLP
- Domicilio
- Callejón Guajardo Principal sin número, Valle Hermoso, Comuna La Ligua
Objeto social
la extracción de piedras, arenas y arcillas, el transporte de carga y toda otra actividad relacionada con lo anteriormente expuesto y que acuerden los socios, lo anterior sin perjuicio de la realización de otras actividades que contribuyan a la consecución de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO GÓMEZ CORTÉS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de la ciudad y comuna de La Ligua, con oficio en calle Ortíz de Rozas N° 836, La Ligua, certifica por escritura pública de 13 de septiembre de 2024, ante mi Suplente Rodrigo Lagos Greve, Don PEDRO ROBERTO CHACANA TORO, chileno, cédula de identidad y rol único tributario número diez millones doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y tres guion dos, casado, comerciante, domiciliado en callejón Guajardo sin número, Valle Hermoso, La Ligua y don PEDRO HERNAN CHACANA MORENO, chileno, cédula de identidad y rol único tributario número dieciséis millones setecientos un mil ciento ochenta y siete guion K, soltero, conductor profesional, domiciliado en callejón Guajardo sin número, Valle Hermoso, La Ligua, Constituyeron: Sociedad de Responsabilidad Limitada, Razón Social: "PEDRO CHACANA TORO MINERALS E HIJOS LIMITADA” la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía "CHACANA MINERALS E HIJOS LTDA". Domicilio: Callejón Guajardo Principal sin número, Valle Hermoso, Comuna La Ligua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: la extracción de piedras, arenas y arcillas, el transporte de carga y toda otra actividad relacionada con lo anteriormente expuesto y que acuerden los socios, lo anterior sin perjuicio de la realización de otras actividades que contribuyan a la consecución de su objeto social. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a los socios don PEDRO ROBERTO CHACANA TORO y don PEDRO HERNAN CHACANA MORENO, quienes, actuando indistintamente, en forma separada o conjunta, podrán actuar por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades. Capital $32.000.000, que los socios aportan en la forma indicada en escritura de constitución. Duración diez años, a contar de fecha de contrato social, renovables por períodos iguales. La Ligua, 24 de septiembre 2024.