Chungungo S.A.
Instrumento
- Fecha
- 22 de agosto de 2024
- Repertorio
- 12693-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $28.586.511.350 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que con fecha 26 de agosto de 2024, se redujo a escritura pública, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 12.693-2024, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CHUNGUNGO S.A. (la “Sociedad”), inscrita a fojas 84.041, N° 51.282, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014, celebrada con fecha 22 de agosto de 2024 (la “Junta”). En la Junta se acordó, entre otras materias, lo siguiente: (1) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $28.586.511.350, dividido en 25.990.371 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, a la suma de $34.544.676.350, sin emitir nuevas acciones de pago. El accionista de la Sociedad, Atlas Renewable Energy SpA pagó en el acto de la Junta, al contado y en dinero efectivo, con dineros ingresados con anterioridad a la caja de la Sociedad, el monto del aumento de capital acordado. En razón de lo anterior, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado; y (2) Sustituir los Artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, relativos al capital y su forma de entero, por los que se transcriben a continuación: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro millones seiscientos setenta y seis mil trescientos cincuenta pesos, dividido en veinticinco millones novecientas noventa mil trescientas setenta y un acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma indicada en el artículo primero transitorio. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.-” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro millones seiscientos setenta y seis mil trescientos cincuenta pesos, dividido en veinticinco millones novecientas noventa mil trescientas setenta y un acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos sociales. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 11 de septiembre de 2024.